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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (27/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2022 El Peruano / pública y privada que permitan maximizar la aplicación de conocimientos generados por el CITE. d. Desarrollar acciones de articulación con actores del sector público y privado con la fi nalidad de generar sinergias para el desarrollo de su cadena productiva. e. Realizar y difundir estudios en materia de tendencias: de tecnológica, de procesos productivos y de mercado, entre otros, que contribuyan a mejorar la competitividad de la cadena. Artículo 3.- Disponer que el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal en coordinación con la O fi cina de Administración y la Dirección de Operaciones, realicen las acciones pertinentes referidas a la infraestructura y el equipamiento que serán utilizados para la operatividad de la Unidad Técnica Textil y Confecciones Lima. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realicen las acciones pertinentes referidas a los recursos para el funcionamiento de la Unidad Técnica Textil y Confecciones Lima. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente resolución en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO CÉSAR ROBLES SORIA Director Ejecutivo 2099187-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0503-2022-RE Lima, 23 de agosto de 2022VISTOS:El Memorándum (DAO) N° DAO00621/2022 de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 21 de julio de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2535 del Despacho Viceministerial, de 22 de julio de 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP01676/2022 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 19 de agosto de 2022 y su proveído de 22 de agosto de 2022, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° 01824/2022 de la O fi cina de Administración de Personal, de 22 de agosto de 2022; CONSIDERANDO:Que, el Décimo Segundo Taller del Ciber Secretariado del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE), se realizará en la ciudad de Seúl, República de Corea, el 6 de setiembre de 2022; Que, el tema del referido taller se referirá a la “Evaluación Integral del Nuevo Plan de Acción de FOCALAE y el camino a seguir”, compuesto de dos sesiones y orientado a evaluar los logros de cada pilar del Nuevo Plan de Acción de FOCALAE, adoptado en la octava Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores del citado foro, en 2018; Que, el Perú es un miembro activo del referido Foro y participa en sus reuniones e incentiva las iniciativas de cooperación en materia de crecimiento sostenible; comercio, inversiones y turismo; cultura, juventud, género y deporte; y, ciencia y tecnología, innovación y educación;Que, se estima importante la participación del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Enrique Rafael Descalzi Méndez, Subdirector de Foros Especializados, de la Dirección de APEC y Foros Especializados, de la Dirección General de Asia y Oceanía, designado como punto focal del Perú ante el FOCALAE, a fi n de continuar impulsando las iniciativas del referido Foro y evaluar iniciativas nacionales a ser presentadas al Fondo Fiduciario FOCALAE, del cual el Perú es país contribuyente; Que, por cuestiones de itinerario el citado funcionario diplomático viajará a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 4 al 8 de setiembre de 2022; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Enrique Rafael Descalzi Méndez, Subdirector de Foros Especializados, de la Dirección de APEC y Foros Especializados, de la Dirección General de Asia y Oceanía, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 4 al 8 de setiembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos de transporte aéreo y hospedaje que irrogue la participación del citado funcionario diplomático serán fi nanciados por la Ciber Secretaría del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE). Artículo 3.- Los gastos correspondientes a alimentación y transporte interno que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior; y, Código POI AOI00004500233 Garantizar la ampliación y profundización de las relaciones con los mecanismos multilaterales del Asia y la Cuenca del Pací fi co, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos 50% por día USD Número de díasTotal viáticos USD Enrique Rafael Descalzi Méndez250.00 1+2 750.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ MACKAY Ministro de Relaciones Exteriores 2099289-1