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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (27/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2022 El Peruano / de mejorar la calidad, productividad, información e innovación para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción de la industria del cuero, calzado y sus derivados; cuya denominación fue modi fi cada al de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado e Industrias Conexas – CITEccal” (en adelante, CITEccal), con Resolución Ministerial N° 038-2019-PRODUCE; Que, de acuerdo con el artículo 18 del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, cuando un CITE Público tiene alcance territorial en más de un departamento (ahora región), el ITP podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva; Que, la Directiva N° 003-2021-ITP/DE, “Disposiciones para la creación, desarrollo estratégico y extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE públicos y Unidades Técnicas del ITP”, aprobada por Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, establece que la Unidad Técnica es una unidad prestadora de servicios tecnológicos y de innovación productiva de alcance regional, que tiene por objetivo ampliar la cobertura de servicios tecnológicos de un CITE público, desarrollando sus actividades dentro de la competencia técnica de éste, cuando se extiende sobre más de una región; Que, en atención a lo expuesto a través de los Informes N° 00006-2022-ITP/JND-DEDFO, N° 000045-2022-ITP/MCC-DEDFO y N° 000047-2022-ITP/MCC-DEDFO, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, la DEDFO), presenta el Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda que veri fi ca el cumplimiento de los criterios de pertinencia, su fi ciencia y enfoque estratégico de la iniciativa de creación de la Unidad Técnica Textil y Confecciones y emite opinión técnica favorable respecto la creación de una Unidad Técnica textil y confecciones adscrita a un CITE de ámbito nacional con sede en Lima, con una cadena afín, por cuanto contribuiría a la reactivación del sector textil y confecciones; Que, en ese sentido, en el Informe N° 000047- 2022-ITP/MCC-DEDFO, se detallan, entre otros, las siguientes características para la Unidad Técnica: “(i) Respecto la denominación de la Unidad Técnica, se deberá considerar aquellas cadenas productivas que atenderá, así como su ámbito de acción; siendo así, su denominación “Unidad Técnica Textil y Confecciones”; (ii) Respecto su adscripción, esta será adscrita al “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Industrias Conexas y Textil – CITEccal”; (iii) Respecto su ámbito de acción, será la Región Lima; (iv) Respecto su especialización, en términos de tipología será la textil, priorizando la cadena productiva textil y confecciones; (v) Respecto su objetivo, este es la de mejorar la calidad, productividad, información e innovación para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción de la industria textil y confecciones; y, (vi) Respecto su ubicación, esta se evaluará en la fase de formulación y evaluación”; Que, asimismo, mediante Memorando N° 000575- 2022-ITP/CITECCAL-LIMA, el CITEccal propuso las siguientes funciones especí fi cas para la Unidad Técnica Textil y Confecciones: “(i) Desarrollar servicios de transferencia tecnológica, de capacitación y de difusión de la información que promuevan la mejora del diseño, la calidad, la incorporación de tecnología e incremento del valor agregado en los servicios, productos y procesos de las empresas del sector; (ii) Promover la difusión y aplicación de normas técnicas; (iii) Promover la investigación, desarrollo e innovación con empresas u otras entidades de naturaleza jurídica pública y privada que permitan maximizar la aplicación de conocimientos generados por el CITE; (iv) Desarrollar acciones de articulación con actores del sector público y privado con la fi nalidad de generar sinergias para el desarrollo de su cadena productiva; (v) Realizar y difundir estudios en materia de tendencias: de tecnológica, de procesos productivos y de mercado, entre otros, que contribuyan a mejorar la competitividad de la cadena”; Que, mediante Acuerdo N° SO-008-004-2022-ITP/CD de la Sesión Ordinaria N° 004-2002-ITP/SCD, el Consejo Directivo del ITP acordó priorizar la creación de la Unidad Técnica Textil y Confecciones, en base al sustento técnico emitido por la DEDFO; Que, mediante Informe N° 000168-2022-ITP/ PRESUPUESTO, la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización emitió opinión respecto la disponibilidad presupuestal para la creación de la citada Unidad Técnica Textil y Confecciones; Que, con Informe N° 000026-2022-ITP/KZM-DO, la Dirección de Operaciones presentó el Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, que sustenta la programación física y fi nanciera remitida por el CITEccal y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Que, mediante Informe N° 000322-2022-ITP/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto la propuesta de creación de la Unidad Técnica Textil y Confecciones Lima adscrita a un CITE de ámbito nacional con sede en Lima; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2022-ITP/CD, el Consejo Directivo del ITP aprobó la adecuación del CITEccal, adicionándole nuevas competencias de la cadena productiva textil y confecciones y modi fi cando su denominación a la siguiente “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal”; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica–CITE, Decreto Supremo n.° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Textil y Confecciones Lima adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica del Cuero, Calzado, Textil, Confecciones e Industrias Conexas – CITEccal con el objetivo de mejorar la calidad, productividad, información e innovación para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción de la industria textil y confecciones, con las siguientes características: a. Especialización : Textil, priorizando la cadena productiva textil y confecciones b. Ámbito de acción: Región Limac. Ubicación : Se determinará en la fase de formulación y evaluación de la inversión correspondiente, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones Artículo 2.- Las funciones especí fi cas de la Unidad Técnica Textil y Confecciones Lima, serán las siguientes: a. Desarrollar servicios de transferencia tecnológica, de capacitación y de difusión de la información que promuevan la mejora del diseño, la calidad, la incorporación de tecnología e incremento del valor agregado en los servicios, productos y procesos de las empresas del sector. b. Promover la difusión y aplicación de normas técnicas. c. Promover la investigación, desarrollo e innovación con empresas u otras entidades de naturaleza jurídica