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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 122

122 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de diciembre de 2022 El Peruano / POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria N° 23, de fecha 21 de noviembre de 2022. VISTOS:El Informe Nº 002-2022-OGPP-MDMM de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 015-2022-OGAJ-MDMM emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1833-2022-GM-MDMM emitida por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley N º27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización del Estado, se declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el artículo 43° de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Reglamento de Organización y Funciones – ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, el Gobierno Nacional, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modi fi catorias, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado indica en su artículo 44-A numeral 3) El texto integrado del ROF; El texto integrado del ROF al que se refi ere el numeral 3) precedente, es elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar su visto y el de la O fi cina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad; Que, mediante Ordenanza N° 523-2012-MDMM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, la cual fue posteriormente modi fi cada por Ordenanza 012-2014- MDMM, 011-2016-MDMM, 015-2016-MDMM, 031-2016-MDMM; 017-2017-MDMM, 031-2017-MDMM, 015-2018-MDMM, 052-2019-MDMM; 075-2019-MDMM, 076-2019-MDMM, 106-2020-MDMM; asimismo con Ordenanza N° 121-2021-MDMM y su recti fi catorio Ordenanza N° 123-2021-MDMM, se aprueba la versión actualizada de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones, la cual fue posteriormente modifi cada por Ordenanza N° 126-2021-MDMM y Ordenanza N° 142-2022-MDMM; Que, mediante Informe Nº 002-2022-OGPP-MDMM, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la necesidad de aprobar un Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones toda vez que existen diversas modi fi caciones por lo que resulta necesario la compilación y ordenamiento en un solo documento del ROF, para lo cual se remite la propuesta de Ordenanza y el proyecto del TI del ROF el cual compila y ordena las modi fi caciones efectuadas al ROF; Que, mediante Informe Nº 015-2022-OGAJ-MDMM, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable respecto a la procedencia de la ordenanza propuesta y el texto integrado del ROF; Que, mediante Memorándum Nº 1833-2022-GM- MDMM, la Gerencia Municipal mani fi esta su conformidad respecto a la aprobación de la referida propuesta y lo eleva para su aprobación; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9. Numeral 8) y el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: APRUEBA EL TEXTO INTEGRADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DE MAR Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza N° 523-2012-MDMM y modifi catorias, conforme al Anexo N° 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Tecnología de la Información la publicación del integro de este documento de gestión en el portal de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos el seguimiento a la actualización de los documentos de gestión que correspondan, para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACON GOMEZ Alcalde 2131171-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2023 la vigencia de la Ordenanza N° 592-MPL, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el año 2022 ORDENANZA N° 609-MPL Pueblo Libre, 28 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con