Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 192

192 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / VISTO, el Informe N° 118-2022-MSB-GRIS-USSAC de la Unidad de Servicios a la Salud y Atención al Ciudadano de fecha 15 de noviembre de 2022, el Informe N° 0210-2022-MSB-GM-GRIS-UGCRS de la Unidad de Gestión de Convenios y Recursos de Salud de fecha 17 de noviembre de 2022, el Memorándum N° 1031-2022-MSB-GRIS de la Gerencia de Red Integrada de Salud de fecha 01 de diciembre de 2022, el Informe N° 230-2022-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 07 de diciembre de 2022, el Memorándum N° 282-2022-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 07 de diciembre de 2022, el Informe N° 483-2022-MSB-GM-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 20 de diciembre de 2022, el Memorándum N° 0526-2022-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 20 de diciembre de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, se establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes, servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo que, el artículo 2° establece que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá que: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago”; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022, se aprobó el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San Borja, el cual es una compilación que recoge y ordena las modi fi caciones realizadas al TUSNE de la Municipalidad, que fuera aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019, con la fi nalidad de compilar toda la normativa en un solo texto y facilitar su manejo; Que, a través del Informe N° 118-2022-MSB-GRIS- USSAC de fecha 15 de noviembre de 2022, la Unidad de Servicios a la Salud y Atención al Ciudadano señala que, se viene optimizando los servicios de salud de la Municipalidad Distrital de San Borja, mediante la ampliación de cartera de servicios especializados tales como endocrinología, cardiología, oncología, oftalmología, dermatología, ginecobstetricia, traumatología, gastroenterología, urología, otorrinolaringología, nefrología, radiología, infectología y servicios médicos de apoyo al diagnóstico tendientes a reducir las brechas de oferta en el distrito de San Borja; por lo que, en atención a ello, la Unidad de Servicios a la Salud y Atención al Ciudadano adjunta un tarifario estableciendo precios de mercado para los cobros de servicios; Que, mediante Informe N° 0210-2022-MSB-GM-GRS- UGCRS de fecha 17 de noviembre de 2022, la Unidad de Gestión de Convenios y Recursos de Salud señala que, la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Unidad de Servicios de Salud y Atención al Ciudadano requiere la implementación de tarifas para las atenciones y procedimientos profesionales de la salud y de profesionales médicos especialistas, establece precios de mercado y adjunta cuadro consolidado de precios referenciales de consulta por especialista de SISOL; Que, en atención a ello, la Gerencia de Red Integrada de Salud a través del Memorándum N° 1031-2022-MSB-GRIS de fecha 01 de diciembre de 2022, remite un proyecto de Resolución de Alcaldía y acompaña el cuadro comparativo del estudio de mercado relacionado a los precios referenciales de las entidades prestadoras de salud debidamente identi fi cados y señala que, el cuadro comparativo muestra que, los precios comparados entre lo propuesto y los establecimientos precitados di fi eren por defecto ya que, estos últimos cuentan con presupuesto asignado por metodología de Fijación de Precios de Mercado, sustentando para tal fi n, los precios ofertados por los operadores que se detallan seguidamente: Tarifario – SISOL. Tarifario – DAFI SALUD SURCO. Tarifario – Hospital San Juan de Lurigancho (Jurisdicción DIRIS Lima Centro); requiriendo proseguir con el trámite correspondiente y actualizar el Texto Único de Servicios no Exclusivos TUSNE; Que, a través del Informe N° 230-2022-MSB-GM- OPE-UPR de fecha 07 de diciembre de 2022, la Unidad de Planeamiento y Racionalización advierte que, la propuesta de modi fi cación del Texto Ordenado – TO del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE, presentado por la Gerencia de Red Integrada de Salud – Unidad de Servicios de Salud y Atención al Ciudadano corresponde a las funciones de sus competencias; por lo que, se acompaña en anexo el cuadro de las modi fi caciones e inclusión de nuevos Servicios No Exclusivos, el mismo que, una vez aprobado, integrará el Texto Ordenado – TO del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A; Que, mediante Memorándum N° 282-2022-MSB-GM- OPE de fecha 07 de diciembre de 2022, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica rati fi ca lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización y remite los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente; Que, a través del Informe N° 483-2022-MSB-GM-OAJ de fecha 20 de diciembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta viable emitir la Resolución de Alcaldía que modi fi que el Cuadro del Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 156-2022-MSB-A de fecha 05 de agosto de 2022, respecto de los servicios no exclusivos a cargo de la Unidad de Servicios de Salud y Atención al Ciudadano, conforme los anexos remitidos por la Unidad de Planeamiento y Racionalización que contiene la ampliación de la cartera de los servicios especializados de salud de la Municipalidad Distrital de San Borja, que a su vez comprende la implementación del tarifario con precios de mercado para los cobros de dichos servicios; al amparo de lo establecido en el numeral 6. del artículo 20° y artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorándum N° 0523-2022-MSB-GM de fecha 20 de diciembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Red Integrada de Salud, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro del Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San