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183 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, con el visado de la Subgerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 12° Reglamento de Organización y Funciones de SERPAR LIMA, aprobado mediante Ordenanza N° 1955 de la Municipalidad de Lima; y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Entidad, cuyo Anexo N° 01 se adjunta y forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER a la Subgerencia de Gestión Documentaria que se remita copia de la presente Resolución y sus anexos a que se re fi ere el Artículo Primero a las Gerencias y Dependencias del SERPAR LIMA. Artículo Tercero.- DISPONER a la Subgerencia de Sistemas y Tecnología de la Información su publicación en el portal web de la Institución. Regístrese y comuníquese.MANUEL DE LA FLOR MATOS Secretario General 2136728-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Convocan a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla, a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla DECRETO DE ALCADÍA Nº 012-2022-MDC/A Cieneguilla, 15 de diciembre del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA; VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 349-2022-MDC, de fecha 30 de noviembre del 2022, que aprueba el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año fi scal 2021 y el año fi scal 2022 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, Informe Nº 423-2022-GPP/MDC, de fecha 15 de diciembre del 2022, emitido por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo estipulado en el artículo II del TÍTULO PRELIMINAR de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 31º, consagra el derecho de los ciudadanos a participar en forma activa en la Gestión Municipal de acuerdo a la normatividad sobre la materia y en los artículos 197º y 199º establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad. Que, la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, en su Título III, Aspectos Generales de la Descentralización, Capitulo IV, dispone que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley, así como la conformación de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; Que, los Gobiernos Locales son entidades básicas de organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestión con autonomía los intereses de la población de sus correspondientes colectividades, Que, el literal d) del numeral 2.4. Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Publica establece “La transparencia, rendición de cuentas y ética pública, los funcionarios públicos deben servir a los intereses de la Nación, procurar aumentar la e fi ciencia del Estado para brindar una mejor atención a los ciudadanos y actuar con probidad, idoneidad, veracidad, justica, equidad, lealtad y respeto al Estado de Derecho y la dignidad de las personas. El Estado, sus autoridades y servidores deben rendir oportunamente cuentas a la ciudadanía, garantizar la transparencia en la actuación de las entidades públicas y generar canales adecuados para permitir el acceso al ciudadano permanente a la información pública”, Que, la Ley Orgánica de Municipalidad - Ley Nº 27972, precisa que el Sistema de plani fi cación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, precisándose en el numeral 34) del Artículo 9º que corresponde al Concejo Municipal aprobar los espacios de concertación y participación vecinal a propuesta del Alcalde, así como reglamentar su funcionamiento, y en su artículo 118º señala que el vecino tiene derecho a ser informado respeto de la gestión municipal y solicitar la información que considere necesario, sin expresión de causa; Que constituye un acto responsable de la actual gestión municipal informar a la ciudadanía y población en general respecto al manejo económico y fi nanciero de las cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, así como el avance de las obras y el cumplimiento de funciones encargadas a las autoridades y funcionarios de la Institución. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones previstas en la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades; y con el Visto bueno de la Subgerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y de Secretaria General; Que, con Ordenanza Municipal Nº 349-2022-MDC, de fecha 30 de noviembre del 2022, se dispone y reglamenta las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2021 y año fi scal 2022 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla Que, el Artículo 9º del Reglamento de la Ordenanza Municipal Nº 349-2022/MDC, establece que la convocatoria a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla se aprobara mediante Decreto de Alcaldía, luego que el Concejo Municipal apruebe el presente reglamento marco mediante Ordenanza municipal. Así como su respectiva publicación en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Municipal y la difusión mediante la colocación de paneles/banderolas en lugares estratégico del Distrito y otros medios de comunicaciones digitales (redes sociales), precisándose que la convocatoria deberá contemplar, a) Fecha, hora y lugar de la Audiencia, b) lugar y plazo para la inscripción de participantes, c) Agenda de la Audiencia, d) Otros que considere necesario. Que, mediante Informe Nº 423-2022-GPP/MDC, de fecha 15 de diciembre del 2022, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, solicita aprobar la Convocatoria a la ciudadanía en general del Distrito de