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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / SITIO ARQUEOLÓGICO PATAN COTO SECTOR 1 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 14 14-15 37.04 177°5’7” 471504.1616 8673488.7528 15 15-16 51.23 174°13’27” 471485.5850 8673456.7065 16 16-17 10.12 149°37’36” 471455.5651 8673415.1990 17 17-18 7.66 140°11’45” 471446.3009 8673411.1225 18 18-19 43.87 146°54’35” 471438.9409 8673413.2403 19 19-20 38.44 174°36’16” 471410.2446 8673446.4194 20 20-21 115.99 206°12’24” 471387.9462 8673477.726121 21-22 54.55 166°58’38” 471285.8549 8673532.7721 22 22-23 56.86 190°23’1” 471244.9086 8673568.8147 23 23-24 38.81 164°21’37” 471196.1522 8673598.0781 24 24-25 21.77 205°59’57” 471169.4916 8673626.2825 25 25-26 44.54 81°17’33” 471149.1168 8673633.9461 26 26-27 72.54 165°31’44” 471170.9273 8673672.7800 27 27-28 32.26 164°55’55” 471221.1301 8673725.1471 28 28-29 47.72 219°20’5” 471248.7389 8673741.8286 29 29-30 22.04 157°23’44” 471264.6884 8673786.8076 30 30-31 33.28 211°30’10” 471279.4731 8673803.1536 31 31-32 25.28 199°32’34” 471285.6094 8673835.8602 32 32-33 59.35 163°4’14” 471281.6909 8673860.8358 33 33-34 24.78 151°35’13” 471289.9634 8673919.6025 34 34-35 75.81 217°21’4” 471304.6745 8673939.5372 35 35-36 10.98 87°9’51” 471303.4504 8674015.3355 36 36-37 8.85 238°30’33” 471314.4284 8674014.9693 37 37-38 36.18 195°35’36” 471319.3020 8674022.360138 38-39 63.24 186°13’53” 471330.3681 8674056.8100 39 39-40 59.74 193°7’45” 471343.0595 8674118.7659 40 40-41 82.98 192°1’24” 471341.4408 8674178.4833 41 41-42 116.15 139°45’10” 471321.9635 8674259.1416 42 42-43 45.32 194°23’14” 471374.0978 8674362.9284 43 43-0 251.12 199°42’10” 471383.7397 8674407.2091 Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 18SÁrea: 277029.42 m² (27.7029 ha)Perímetro: 2893.84 ml SITIO ARQUEOLÓGICO PATAN COTO SECTOR 2 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 44 44-45 116.84 100°11’9” 471342.8755 8674847.5654 45 45-46 19.83 257°38’56” 471457.3613 8674870.9018 46 46-47 32.18 99°18’57” 471457.6486 8674890.7318 47 47-48 38.98 91°26’32” 471489.4772 8674895.4806 48 48-49 16.64 229°46’31” 471496.1982 8674857.0820 49 49-50 35.77 143°26’59” 471510.5625 8674848.6894 50 50-51 19.72 266°30’37” 471524.6275 8674815.7989 Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 18SÁrea: 52 248 m² (5.2249 ha)Perímetro: 986.89 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 006-2022-DDC-JUN-JSF/MC de fecha 05 de diciembre de 2022, así como en los Informes N° 001000-2022-DSFL/MC, Informe N° 000246-2022-DSFL-NGC/MC y en el Plano Perimétrico PP-020-MC_DGPA/DSFL-2015 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectaciónxSe deberá identi fi car a los propietarios de los predios, con la fi nalidad de noti fi car sobre la afectación suscitada al Monumento Arqueológico Prehispánico y comunicar el cese de la ampliación de los terrenos agrícolas. - Señalización xSe deberá efectuar la colocación de hitos y paneles de señalización de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Cultura. -Retiro de Estructuras temporales, maquinarias,herramientas, elementosy/o accesoriosxSe deberá coordinar con la Municipalidad distrital deHualhuas y San Agustín de Cajas y las Comunidades Campesinas de Hualhuas y Cajas, para realizar trabajos de limpieza del sitio Arqueológico de Patan Coto sectores 1 y 2 - Otros- Comunicar a la Municipalidad distrital de Hualhuas, sobre la afectación para su atención de acuerdo a sus competencias, establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades Ley N° 27972 en materia de protección del Patrimonio Cultural de la Nación dentro de su Jurisdicción. - Comunicar a la Municipalidad distrital de San Agustín de Cajas, sobre la afectación para su atención de acuerdo a sus c ompetencias, establecidas en la Ley Orgánica de las Municipalidades Ley N° 27972 en materia de protección del Patrimonio Cultural de la Nación dentro de su Jurisdicción Comunicar a la Subprefectura del distrito de Hualhuas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Patan Coto sectores 1 y 2 y el apoyo en la identi fi cación de los propietarios de l os predios donde se han efectuado la destrucción al Patrimonio Arqueológico.- Comunicar a la Subprefectura del distrito de SanAgustín de Cajas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Patan Coto sectores 1 y 2 y el apoyo en la identi fi cación de los propietarios de los predios donde se han efectuado la destrucción al Patrimonio Arqueológico. - Comunicar al Juez de Paz del distrito de Hualhuas,para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de PatanCoto sectores 1 y 2 y el apoyo en la identi fi cación de los propietarios de los predios donde se han efectuado la destrucción al Patrimonio Arqueológico. - Comunicar al Juez de Paz del distrito de San Agustín de Cajas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Patan Coto sectores 1 y 2 y el apoyo en la identi fi cación de los propietarios de los predios donde se han efectuado la destrucción al Patrimonio Arqueológico. - Comunicar al presidente de la Comunidad Campesina de Hualhuas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Patan Coto sector es 1 y 2. - Comunicar al presidente de la Comunidad Campesina de San Agustín de Cajas, para su atención de acuerdo a sus competencias respecto a afectación al Sitio Arqueológico de Patan Coto sectores 1 y 2.- Comunicar a la Comisaria de San Agustín de Cajas, para la continuidad de las diligencias y las investigaciones de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Legislativo N° 1467. - Comunicación a la DIVINCRI – Policía Fiscal de Huancayo, para la continuidad de las diligencias y las investigaciones de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Legislativo N° 1467.