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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia con e fi cacia anticipada del 27 de noviembre de 2022 al 7 de enero 2023, por tratamiento médico altamente especializado, del Técnico de Tercera EP Mijhail Ambrosio CASTRO GARCÍA, identi fi cado con DNI 45573988 y su acompañante el Técnico de Primera Técnico/Salud Leoni Oswald TANTALEÁN QUISPE, identi fi cado con DNI 19254607, en la ciudad de Baltimore, Estado Maryland, Estados Unidos de América. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: PacienteTécnico de Tercera EP Mijhail Ambrosio CASTRO GARCÍA US$ 5,091.13/30 x 4 días (27 al 30 noviembre 22) US$ 678.82 US$ 5,091.13 (1 al 31 diciembre 22) US$ 5,091.13US$ 5,091.13/31 x 7 días (1 al 7 enero 23) US$ 1,149.61 Acompañante Técnico de Primera EP TANTALEÁN QUISPE Leoni OswaldUS$ 5,091.13/30 x 4 días (27 al 30 noviembre 22) US$ 678.82 US$ 5,091.13 (1 al 31 diciembre 22) US$ 5,091.13US$ 5,091.13/31 x 7 días (1 al 7 enero 23) US$ 1,149.61 Costo de tratamiento médico US$ 19,448.50 Total a pagar: US$ 33,287.62Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de ampliación de permanencia en el exterior, por tratamiento médico altamente especializado, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ejército del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2139495-1 Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1688-2022-DE Lima, 30 de diciembre de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 04031-2022-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el O fi cio Nº 04811-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00365-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 02065-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0374-2021-DE, el cargo de Asesor/a II del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, se encuentra considerado como cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará el mismo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Sandra Inés Ramírez Méndez en el cargo de Asesora II del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2139494-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1689-2022-DE Lima, 30 de diciembre de 2022VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 002407-2022-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal N° 02145-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la aeronave de alta performance Lear Jet 45XR FAP 526, asignada