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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2022 (01/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / la Ordenanza N° 456/MDSJM, que establece bene fi cios para la cancelación de las multas administrativas a favor de los vecinos de San Juan de Mira fl ores. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante artículo 60° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que aprueba el “Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal”, establece que las Municipalidades crean, modi fi can, suprimen tasas y contribuciones, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la ley, disponiendo en el inciso a) que la creación y modi fi cación de tasas y contribuciones se aprueban por ordenanza, y el inciso b) para la supresión de tasas y contribuciones las municipalidades no tienen ningún límite legal. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; de este modo el artículo 42 de la norma citada prescribe que los decretos establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza N° 456/MDSJM se establecen bene fi cios para la cancelación de las multas administrativas a favor de los vecinos de San Juan de Mira fl ores, la cual en su Segunda Disposición Final señala que el plazo de vigencia de la referida Ordenanza es hasta el 31 de diciembre de 2021; Que, asimismo la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 456/MDSJM, de la Ordenanza N° 456/MDSJM, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en dicha norma, así como su prórroga. Que, mediante Informe N.º 209-2021-SGFSA- GDE-MDSJM, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas propone que se prorrogue la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 456/MDSJM, que establece beneficios para la cancelación de las multas administrativas a favor de los vecinos de San Juan de Miraflores, en razón a la difícil situación que se está atravesando, y siendo necesario facilitar las condiciones de pago, proyectando el acercamiento de los vecinos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, generar conciencia tributaria, disminuir los índices de morosidad y por consiguiente garantizar el nivel de recaudación proyectado que garantice el cumplimiento de sus fines; Que, mediante Memorándum N° 537-2021-GED/MDSJM, la Gerencia de Desarrollo Económico, recoge la propuesta emitida por la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas respecto a que se prorrogue la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 456/MDSJM, en virtud a lo señalado en la Tercera Disposición Final de la referida norma, donde se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la Ordenanza N° 456/MDSJM, así como su prórroga; Que, con Informe N° 496-2021-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal FAVORABLE para que, mediante Decreto de Alcaldía, se apruebe la prórroga de fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 456/MDSJM, que establece bene fi cios para la cancelación de las multas administrativas a favor de los vecinos de San Juan de Mira fl ores; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 456/MDSJM, que establece bene fi cios para la cancelación de multas administrativas a favor de los vecinos de San Juan de Mira fl ores hasta el 28 de febrero de 2022, por las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman, la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico, Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, Subgerencia de Recaudación Tributaria, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente resolución en el portal web institucional (www.munisjm.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANIEL CASTRO SEGURA Alcalde 2027070-1 COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR