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95 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / del proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil para integrar el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD, de Santa Anita Periodo 2022-2024, proponiendo el cronograma de actividades; Que, mediante Informe Nº 754-2021-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal, favorable, y dispone que se continúe con el trámite administrativo respectivo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de los cinco representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de Santa Anita, para el Periodo 2022-2024. Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma de actividades del proceso de elección de los representantes de Sociedad Civil, para el periodo 2022-2024 el mismo que se detalla a continuación: ACTIVIDADES CRONOGRAMA Difusión de las Actividades del CCLD01 de enero al 14 de enero 2022 Inscripciones de las Organizaciones en el libro de registro distrital de organizaciones de la sociedad civil y de delegados electorales para el proceso de elección.01 de enero al 15 de enero 2022 Publicación del Padrón electoral Provisional 17 de enero 2022 Impugnaciones de Padrón electoral 18 y 19 de enero 2022 Resolución de la impugnación por el Comité electoral20 de enero 2022 Publicación del Padrón Electoral de fi nitivo 21 de enero 2022 Inscripción de candidatos22 de enero al 12 de febrero 2022 Publicación de la lista provisional de candidatos14 de febrero 2022 Presentación de tachas 15 y 16 de febrero 2022 Resolución de tachas 17 de febrero 2022 Publicación de lista de fi nitiva de candidatos 18 de febrero 2022 Acto Electoral 19 de febrero 2022 Publicaciones de resultado 21 de febrero 2022 Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente decreto a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Participación Ciudadana, Bienestar Social y Demuna; a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la difusión del mismo, de acuerdo a sus competencias y atribuciones y a Secretaria General su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 2027037-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 492- MDS que aprobó beneficio tributario y no tributario denominado “ Amnistía General: Feliz Navidad Hermano Surquillano 2021” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2021-MDS Surquillo, 29 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1468-2021-GM-MDS de fecha 29 de diciembre de 2021 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 366-2021-GAJ-MDS de fecha 29 de diciembre de 2021 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 558-2021-GR-MDS de fecha 28 de diciembre de 2021 emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 171-2021-SGEC-GR-MDS de fecha 28 de diciembre de 2021 emitido por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva; el Informe Nº 1082-2021-SGFT-GR-MDS de fecha 28 de diciembre de 2021 emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, respecto a la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 492-MDS; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 492-MDS, se aprueba el bene fi cio tributario y no tributario denominado “Amnistia General: Feliz Navidad Hermano Surquillano 2021”, a favor de los contribuyentes y administrados, encontrándose vigente hasta el día 31 de diciembre de 2021; Que, en ese sentido la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 492-MDS, otorga la facultad al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía amplíe la vigencia de la citada Ordenanza, así como, dicte las normas reglamentarias que fuesen necesarias para su cabal cumplimiento; Que, de acuerdo con el Memorándum Nº 558-2021-GR- MDS de fecha 28 de diciembre de 2021, la Gerencia de Rentas hace suyo los Informes Nº 171-2021-SGEC-GR-MDS y Nº 1082-2021-SGFT-GR-MDS emitidos por la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Fiscalización Tributaria, respectivamente, mediante los cuales opinan favorablemente respecto a la prorroga de la Ordenanza Nº 492-MDS; Que, de conformidad con el Informe Nº 366-2021-GAJ- MDS de fecha 29 de diciembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinó que resulta legalmente viable prorrogar la Ordenanza Nº 492-MDS, Ordenanza que aprueba el bene fi cio tributario y no tributario denominado “Amnistia General: Feliz Navidad Hermano Surquillano 2021”; Que, es política de la gestión municipal otorgar las mayores facilidades a nuestros contribuyentes y administrados, a fi n de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias, y de esta forma, apoyarlos en esta situación de emergencia sanitaria; En uso de las facultades conferidas por los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de enero de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 492-MDS, Ordenanza que aprueba el bene fi cio tributario y no tributario denominado “Amnistia General: Feliz Navidad Hermano Surquillano 2021”, en atención a los fundamentos expuestos en el presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ Alcalde 2027124-1