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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2022 (01/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 1 de enero de 2022 El Peruano / materia de análisis en el presente informe y se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional, a través del dispositivo legal que corresponda según lo establecido en el numeral 4.2. del Anexo Nº 4 de la Directiva”; Que, mediante O fi cio Nº 575-2021-GRH/GGR de fecha 04 de noviembre de 2021, la Gerente General Regional, remite al Consejo Regional el sustento técnico para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Sede Regional, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Archivo Regional y la Aldea Infantil San Juan Bosco del Gobierno Regional Huánuco, para lo cual adjunta el Informe Técnico Nº 000188-2021-SERVIR-GDSRH; Que, con Dictamen Nº 026-2021-GRH-CR/ COPPATyAL de fecha 16 de noviembre de 2021, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, propone la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Regional, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Archivo Regional y la Aldea Infantil San Juan Bosco del Gobierno Regional Huánuco; con cuatrocientos dieciocho (418) cargos, de los cuales doscientos once (211) cargos se encuentran en situación de ocupados y doscientos siete (207) cargos en situación de previstos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante del presente dictamen; Que, habiéndose tratado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de fecha 19 de noviembre de 2021 y continuada el 26 de noviembre del mismo año, el Dictamen Nº 026-2021-GRH-CR/COPPATyAL. El máximo Órgano Colegiado aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional Huánuco; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, modi fi cada por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH-CR, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, por MAYORÍA, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Regional, Dirección Regional de la Producción, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Archivo Regional y la Aldea Infantil San Juan Bosco del Gobierno Regional Huánuco, que consta con cuatrocientos dieciocho (418) cargos, de los cuales doscientos once (211) cargos se encuentran en situación de ocupados y doscientos siete (207) cargos en situación de previstos; los mismos que en Anexos 4-B, 4-C y 4-D forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gobernación Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional; informando y dando cuenta posteriormente al pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fi n. Artículo Tercero: DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto: ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto: La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 29 días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. VALENTÍN SALAZAR HUERTA Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 30 días del mes de noviembre del año 2021. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional 2026467-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 458-MVES que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas de playas en el distrito de Villa El Salvador correspondiente a la temporada de verano 2021-2022 ACUERDO DE CONCEJO N° 492 Lima, 29 de diciembre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTO:El O fi cio Nº D000314-2021-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, de 20 de diciembre de 2021, que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 458-MVES que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas de playas correspondiente a la temporada de verano 2021-2022, en el distrito de Villa El Salvador; y, CONSIDERANDO:Que, en el Artículo 74 y 195 de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816,