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9 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones. b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección y las contrataciones por Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. c) Autorizar los procesos de estandarización.d) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección, así como suscribir los contratos derivados de los mismos. e) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. f) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los Comités de Selección, o la solicitud de apoyo de expertos de otras entidades para los Comités de Selección de la ARCC. g) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. h) Suscribir contratos, órdenes de compra y órdenes de servicio para el perfeccionamiento de contrato, derivados de los procedimientos de selección, así como las órdenes que deriven de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. i) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido. j) Autorizar y suscribir contratos y adendas sobre contrataciones complementarias de bienes y servicios. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes y servicios. l) Autorizar otras modi fi caciones a los contratos, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo, incluyendo las modi fi caciones que impliquen el incremento del precio. m) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido. n) Designar inspectores de obra.o) Autorizar la ampliación de plazo en los contratos de obra y consultoría de obras, y resolver las solicitudes de mayores gastos generales y costos directos. p) Autorizar el pago por mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios. q) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la ARCC. r) Designar al comité de recepción de la obra.s) Aprobar la resolución de contratos.t) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y dar respuesta a solicitudes relacionadas a dichos medios de solución de controversias. u) Contratar a alguno de los postores que participaron en el procedimiento de selección, cuando se resuelva un contrato o se declare su nulidad y exista la necesidad urgente de continuar con la ejecución de las prestaciones derivadas de éste, aplicando el procedimiento previsto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. v) Acordar con el contratista la suspensión del plazo de ejecución de bienes, servicios y obra, así como la suspensión del contrato de supervisión; una vez reiniciado dicho plazo comunicar a los contratistas la modi fi cación de las fechas de ejecución de obra. w) Autorizar en los contratos de consultoría y en los contratos de obras, la sustitución del profesional propuesto. x) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. y) Suscribir adendas de cesión de posición contractual.z) Designar al administrador del cuaderno de obra digital. 2.1.2. Contrataciones excluidas del ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF: Suscribir, modi fi car y resolver contratos, órdenes de compra y órdenes de servicios correspondientes a los supuestos previstos en los literales a), f) y h) del artículo 4 y los literales d) y f) del artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 2.1.3. Contrataciones bajo el ámbito del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM: a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, para la contratación de bienes, servicios y obras. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. c) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. d) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. e) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, así como sus respectivas adendas. f) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido. g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes y servicios. h) Aprobar las resoluciones de contratos.i) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido. j) Autorizar y suscribir contratos y adendas sobre contrataciones complementarias de bienes y servicios. k) Designar inspectores de obra.l) Autorizar la sustitución del profesional requerido, en casos excepcionales y debidamente justi fi cados. m) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas, así como aprobar y autorizar el pago de mayores gastos generales que se podrían generar de dichas ampliaciones de plazo. n) Autorizar el pago por mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios. o) Acordar con el contratista la suspensión del plazo de ejecución de obra, así como la suspensión del contrato de supervisión; una vez reiniciado dicho plazo comunicar a los contratistas la modi fi cación de las fechas de ejecución de obra. p) Designar al comité de recepción de la obra.q) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje, y dar respuesta a solicitudes relacionadas a dichos medios de solución de controversias. r) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la ARCC. s) Aplicar las penalidades al contratista que incumpla las obligaciones a su cargo. t) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. u) Suscribir adendas de cesión de posición contractual.v) Designar al administrador del cuaderno de obra digital. 2.1.4. La delegación de las facultades y atribuciones correspondientes a aspectos no regulados en el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, se rige por la delegación prevista en el numeral 2.1.1 de la presente Resolución. 2.2. En materia administrativa:a) Suscribir contratos de auditorías externas para la ARCC, así como sus adendas. b) Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes; así como gestionar las acciones de saneamiento físico legal, de acuerdo a los procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Abastecimiento y la normativa de Bienes Estatales, según corresponda, ejerciendo la representación de la ARCC ante cualquier tipo de