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20 NORMAS LEGALES Jueves 6 de enero de 2022 El Peruano / comprenden igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos regulados para cada caso en concreto. Artículo 7.- Los/las funcionarios/as a quienes se les han delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución, están obligados/as a dar cuenta trimestralmente a la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), respecto de las actuaciones derivadas a partir de la delegación otorgada. Artículo 8.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia N° 002-2021-CONADIS/PRE y N° 016-2021-CONADIS/PRE, así como todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 9.- Noti fi car la presente Resolución a los/ las funcionarios/as a quienes se les delega facultades y atribuciones mediante la presente Resolución. Artículo 10.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Entidad (www.gob.pe/mimp/conadis) Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCO ANTONIO GAMARRA LA BARRERA PresidenteConsejo Nacional para la Integración de la Personacon Discapacidad 2027948-1 PRODUCE Designan Director General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00002-2022-PRODUCE Lima, 5 de enero de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jorge Roberto Palomino Cordero en el cargo de Director General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2028145-1RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica la “Constitución del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (INFOPESCA)” DECRETO SUPREMO Nº 001-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que la “Constitución del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (INFOPESCA)” fue adoptada en San José, República de Costa Rica, el 18 de febrero de 1994 y aprobada por Resolución Legislativa N° 31372 del 14 de diciembre de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT) Nº 001-2017; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la “Constitución del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (INFOPESCA)”, la cual fue adoptada en San José, República de Costa Rica, el 18 de febrero de 1994 y aprobada por Resolución Legislativa N° 31372 del 14 de diciembre de 2021, con la siguiente declaración: DECLARACIÓN “La República del Perú noti fi ca al Depositario de la Organización que toda enmienda aprobada por la Asamblea General en virtud del artículo 19 de la Constitución entrará en vigor para el Perú una vez culminados los procedimientos internos de perfeccionamiento de tratados, en virtud del ordenamiento nacional” Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano,” de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido Tratado y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de enero del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2028149-6 Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Protección Mutua de la Información Clasificada en el ámbito de la Cooperación Técnico - Militar DECRETO SUPREMO Nº 002-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA