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7 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de enero de 2022 El Peruano / DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000013-2022-FONCODES/DE Lima, 18 de enero de 2022.VISTO:El Informe Nº 000020-2022-MIDIS/FONCODES/URH de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (en adelante Foncodes) a dicho sector; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos dispone que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, con Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Foncodes, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 000150-2020-FONCODES/DE se encargó, a partir del 01 de enero de 2021, al servidor Guillermo Jesús Ginet Gallardo, el puesto de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Foncodes, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728; Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Foncodes aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 091-2017-MIDIS y cuyo último reordenamiento se dio mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 149-2019-FONCODES/DE, prevé que el cargo de Jefe de Unidad tiene la clasi fi cación EC – Empleado de Con fi anza; Que, conforme lo señalado en el documento de visto, el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Foncodes se encuentra presupuestado bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; Que, para este efecto, conforme lo solicitado por la Dirección Ejecutiva se ha evaluado los documentos del señor Jaime Roberto Núñez Y Álvarez, quien según el Informe Nº 000020-2022-MIDIS/FONCODES/URH de la Unidad de Recursos Humanos, cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de encargo de puesto Dar por concluido, al 18 de enero de 2022, el encargo de puesto efectuado al servidor Guillermo Jesús Ginet Gallardo como Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, dispuesto mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 000150-2020-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designación Designar, a partir del 19 de enero de 2022, al señor JAIME ROBERTO NÚÑEZ Y ÁLVAREZ en el cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Gestión de Proyectos de Infraestructura del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - Foncodes, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728. Artículo 3.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ULDERICO FIGUEROA TORRE Director Ejecutivo Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2031677-1 EDUCACION Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar DECRETO SUPREMO Nº 002-2022-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 5, acápite 1. de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación establece las funciones rectoras del Ministerio de Educación, siendo una de estas la establecida en el literal a) consistente en formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; precisando además que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica; Que, el artículo 8 de la Ley N° 28044 dispone que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo. Se sustenta, entre otros, en los siguientes principios: la equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad; la inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades; y, la calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, fl exible y permanente; Que, el artículo 13 de la Ley N° 28044 señala que la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar