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10 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de enero de 2022 El Peruano / incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del PRONIED y a través de la Resolución Ministerial Nº 619-2018-MINEDU y la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 078-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED se aprobó el reordenamiento de dicho cuadro, en el cual el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, se encuentra cali fi cado como cargo directivo de libre designación y remoción; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado por Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado mediante Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, se encuentra vacante, habiéndose encargando dichas funciones al servidor Hernán Demetrio Velásquez Solórzano mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 000005-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE; Que, siendo ello así, es necesario designar al Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, habiendo propuesto la O fi cina General de Administración al señor Marco Antonio Chujutalli Malpartida para cubrir el indicado cargo, lo cual ha sido aceptado por la Dirección Ejecutiva para lo cual , remitió a la Unidad de Recursos Humanos su hoja de vida, a fi n que se sirva disponer su evaluación y de ser factible la realización de las acciones necesarias para la designación del mencionado profesional; Que, mediante Informe Nº 000042-2022-MINEDU- VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH, la Unidad de Recursos Humanos, concluye que, revisada la hoja de vida documentada del profesional propuesto, este cumple con los requisitos para el cargo de acuerdo a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación aplicable al PRONIED y que no cuenta con impedimento para trabajar en el Estado; Que, asimismo, en atención a la debida diligencia, la Unidad de Recursos Humanos veri fi có en la Plataforma Nacional de Interoperabilidad del Estado - PIDE, en la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción - OTEPA, en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos - REDAM y en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC, que el profesional propuesto no registra antecedentes; Con la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; Ley Nº 29849 que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modi fi cado con Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de los Servidores Civiles del PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura, al 18 de enero de 2022 del señor Hernán Demetrio Velásquez Solórzano en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 2.- Designar, a partir del 19 de enero de 2022 al señor Marco Antonio Chujutalli Malpartida en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, realizar las acciones de personal correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe) y disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR AMERICO OCHOA PEZO Director EjecutivoPrograma Nacional de Infraestructura Educativa 2031618-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que dicta disposiciones para la modificación del Reglamento para el Cierre de Minas aprobado por D.S. N° 033-2005-EM y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2022-MINEM/DM Lima, 17 de enero de 2022 VISTOS: El Informe N° 005-2022/MINEM-DGAAM- DGAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros; el Informe Nº 013-2022-MINEM-DGM/DGES de la Dirección General de Minería; el Informe N° 026-2022-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece, entre otras competencias del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM), aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, el ROF del MINEM) aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modi fi catorias, establece como funciones rectoras del Ministerio de Energía y Minas, dictar normas o lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de políticas para la gestión de los recursos energéticos y mineros, para el otorgamiento y reconocimiento de derechos; para la realización de acciones de fi scalización y supervisión; para la aplicación de sanciones administrativas y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente; Que, los numerales 7.1 y 7.6 del artículo 7 del ROF del MINEM establecen que el Ministerio de Energía y Minas tiene entre sus funciones especí fi cas, promover la inversión sostenible y las actividades del sector; así como ejercer la potestad de autoridad sectorial ambiental para las actividades de minería, en concordancia con los lineamientos de política y las normas nacionales establecidas por el Ministerio del Ambiente; Que, asimismo, en sus artículos 106 y 107 del ROF del MINEM establecen, que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros promueve el desarrollo sostenible de las actividades del subsector minería, en