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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2022 (19/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de enero de 2022 El Peruano / las metas institucionales correspondientes al Año Fiscal 2022, resulta necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad durante el citado ejercicio presupuestal, lo cual no exime de la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de las facultades y atribuciones delegadas a los funcionarios comprendidos en la presente resolución; Con el visto de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado por Decreto Supremo N° 056-2001-ED, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MC; el Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Gerente/a General las facultades y atribuciones siguientes: a. Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y las que se emitan dentro del Sistema Nacional de Presupuesto Público; que correspondan al Titular del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, en el marco de lo regulado por la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; así como suscribir los formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria, que no sean privativas a la función del Presidente Ejecutivo. b. Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, en aquellos casos en que no sean privativas a la función de Presidente Ejecutivo. c. Aprobar y remitir la evaluación anual del Presupuesto Institucional del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú y suscribir la Ficha Técnica de los Indicadores de la Evaluación Institucional Financiera, de conformidad con la normativa vigente en la materia, que no sean privativas a la función del Presidente Ejecutivo. d. Suscribir la información fi nanciera y/o presupuestal que se reporte de manera progresiva o periódica a la Dirección General de Contabilidad Pública, con excepción de aquella correspondiente al reporte anual a ser enviado para la elaboración de la Cuenta General de la República en el marco del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. e. Ejercer las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Titular del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria, que no sean privativas a la función del Presidente Ejecutivo. Artículo 2.- Delegar en el/la jefe/a de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, las facultades y atribuciones siguientes: a. Aprobar documentos normativos que regulen los actos de administración interna, aprobación de documentos e instrumentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico-normativos y metodológicos, directivas, manuales, instructivos, lineamientos, entre otros, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú. b. Aprobar los planes, programas, proyectos, lineamientos, presupuestos, inversión pública y acciones de modernización de la gestión pública, que no sean privativas a la función del Presidente Ejecutivo.c. Suscribir y remitir a las instancias correspondientes, la documentación relativa a la formulación del Presupuesto Institucional del ejercicio presupuestal subsiguiente que correspondan al Titular del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú. Artículo 3.- Delegar en el/la jefe/a de la O fi cina de Administración las facultades y atribuciones siguientes: 3.1 En materia de Contrataciones del Estado:a. Aprobar mediante Resolución el Plan Anual de Contrataciones – PAC y sus modi fi caciones. b. Efectuar la supervisión y el seguimiento permanente al proceso de plani fi cación, formulación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones – PAC, en el marco de las disposiciones que al respecto establezca el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, e informar a la Gerencia General de los avances de manera trimestral. c. Aprobar mediante Resolución los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. d. Designar mediante Resolución a los integrantes, titulares y suplentes, de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. e. Aprobar mediante Resolución las bases de los procedimientos de selección correspondientes a: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Simpli fi cada y Subasta Inversa Electrónica; en el caso de Selección de Consultores Individuales, aprobar la solicitud de expresión de interés. Dicha facultad incluye la aprobación de bases o el documento que corresponda en las Contrataciones Directas. f. Autorizar mediante Resolución los procesos de estandarización para la contratación de bienes y servicios. g. Ejercer la representación legal del IRTP, en la suscripción de contratos y adendas derivados de los procedimientos de selección, así como en las contrataciones directas. h. Ejercer la representación legal del IRTP, en la suscripción de prestaciones adicionales derivadas de los procedimientos de selección, así como contrataciones complementarias. i. Resolver y autorizar las solicitudes de ampliación del plazo contractual; la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, cuando previamente se cuente con la certi fi cación de crédito presupuestario o previsión presupuestal, así como la reducción de prestaciones de bienes y servicios, de acuerdo a lo regulado por el TUO de la Ley de Contrataciones y su Reglamento. j. Aprobar la resolución de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, y en los casos previstos en los contratos conforme a lo regulado en la normativa de contratación pública. k. Autorizar otras modi fi caciones a los contratos suscritos en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato y que las modi fi caciones no impliquen variación de precio. l. Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de selección, cuando corresponda. m. Designar o contratar al jurado independiente para la evaluación de la propuesta arquitectónica. n. Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido en el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. o. Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultoría de obras que se presenten a la entidad. p. Aprobar los expedientes técnicos de obras en el marco de lo regulado en los artículos 219 y 222 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. q. Aprobar que el comité de selección consideré valida la oferta económica y otorgue la buena pro, en el supuesto que las ofertas superen el valor estimado o el