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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2022 (19/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de enero de 2022 El Peruano / de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, de corresponder, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo tanto en las instalaciones del IRTP, de la SUNAFIL o del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. b. Ejercer la representación del IRTP para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, así como desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer medios administrativos de impugnación; y, en general emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas del titular de la Entidad, ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa, así como ante las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP, Compañías de Seguros y Reaseguros y Notarios Públicos. Artículo 5.- Delegar en el/la jefe/a del Área de Logística, las facultades y atribuciones siguientes: a. Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo con la normativa de contratación pública. b. Emitir y autorizar los pedidos de bienes, servicios, viáticos y/o gastos por el fondo de caja chica requeridos de manera expresa por la Presidencia Ejecutiva y Gerencia General (incluye elaboración de términos de referencia y/o especi fi caciones técnicas, así como otorgar conformidad del servicio), a fi n de viabilizar y garantizar las actividades de la Alta Dirección. c. Aprobar las solicitudes de cotización para comparación de precios, según corresponda. d. Emitir, suscribir, controlar y registrar las Constancias de Prestación de bienes, servicios y obras. Artículo 6.- Delegar en el/la Gerente/a de Televisión, las facultades y atribuciones siguientes: a. Autorizar la suscripción de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros documentos relacionados a las actividades de la Gerencia de Televisión, previa opinión de los órganos competentes. b. Suscribir los documentos y/o comunicaciones para la gestión de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros documentos relacionados a las actividades de la Gerencia de Televisión. c. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas, públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Televisión. d. Suscribir las licencias de derecho de materiales audiovisuales que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Televisión. e. Suscribir contratos gratuitos de licenciamiento de derechos de materiales audiovisuales en el marco de las competencias de la Gerencia de Televisión y sus modi fi catorias, previa opinión de los órganos competentes. f. Suscribir los acuerdos para el intercambio de contenido audiovisual relacionados a la Gerencia de Televisión. g. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material audiovisual a favor del IRTP, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. Artículo 7- Delegar en el/la Gerente/a de Prensa, las facultades y atribuciones siguientes: a. Autorizar la suscripción de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros, relacionados a las actividades de la Gerencia de Prensa. b. Suscribir los documentos y/o comunicaciones para la gestión de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros, relacionados a las actividades de la Gerencia de Prensa. c. Suscribir los Acuerdos y toda documentación necesaria para el intercambio de contenido audiovisual en el marco de las competencias de la Gerencia de Prensa. d. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos tomados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Prensa. e. Suscribir las licencias de derecho de materiales audiovisual relacionados con la Gerencia de Prensa que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Prensa. f. Suscribir contratos gratuitos de licenciamiento de derechos de materiales audiovisuales en el marco de las competencias de la Gerencia de Prensa. g. Suscribir los Acuerdos para el intercambio de contenido audiovisual relacionados a la Gerencia de Prensa. h. Suscribir los contratos con las Agencias Internacionales de Noticias, previo cumplimiento de la normativa establecida en la materia. Artículo 8.- Delegar en el/la Gerente/a de Radio, las facultades y atribuciones siguientes: a. Autorizar la suscripción de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros, relacionados a las actividades de la Gerencia de Radio. b. Suscribir los documentos y/o comunicaciones para la gestión efectiva de los convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros, relacionados con las actividades de la Gerencia de Radio. c. Suscribir los convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros documentos, en el marco de su competencia y funciones. d. Suscribir todo tipo de documentos y/o comunicaciones ante personas naturales y/o jurídicas públicas y/o privadas, para la ejecución de las actividades, así como de los acuerdos adoptados en el comité de contenidos, en el marco de las competencias de la Gerencia de Radio. e. Suscribir las licencias de derecho de material radiofónico que se celebre a título gratuito, previa validación respecto de la titularidad de derechos, otorgados por la Gerencia de Radio. f. Suscribir contratos gratuitos de licenciamiento de derechos de material radiofónico en el marco de las competencias de la Gerencia de Radio. g. Suscribir los Acuerdos para el intercambio de contenido radiofónico relacionados a la Gerencia de Radio. h. Suscribir los contratos con proveedores nacionales e internacionales, para la cesión y/o licenciamiento de derechos de material audiovisual a favor del IRTP, previo cumplimiento de la normativa establecida sobre la materia. Artículo 9.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Informática y Estadística -OIE, las facultades y atribuciones siguientes: a. Autorizar la suscripción de convenios de cooperación y/o colaboración, acuerdos, memorando de entendimiento, entre otros, relacionados a las actividades de la de la O fi cina de Informática y Estadística -OIE. b. Solicitar y gestionar la emisión, cancelación, suspensión, re-emisión y modi fi cación de certi fi cados digitales en el marco del acuerdo suscrito con el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC.