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19 NORMAS LEGALES Lunes 24 de enero de 2022 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban la modificación del Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante R.A. Nº 159-2019/MLV RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 005-2022/MLV La Victoria, 11 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el Informe N° 365-2021-SGPM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, el Memorando N° 884-2021-GPP/MLV de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe N° 02- 2022-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando N°05-2022-GM/MLV de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y sus modi fi catorias, en concordancia con el articulo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.4, del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de la Resolución del Titular de entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política y las normas de represión de la competencia desleal; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de la Victoria, el cual contempla todos los servicios que no son prestados en exclusividad y que presta la municipalidad en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444; Que, a través del Memorando Nº884-2021-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe Nº365-2021-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, ponen en conocimiento que habiendo consolidado las propuestas de los órganos y/o unidades orgánicas y obedeciendo a la necesidad de reajuste de la información respecto a la denominación, requisitos y conceptos de algunos servicios que brindan la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión de Riesgo de Desastres, Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, Secretaría General y de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sustentan la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos –TUSNE-; asimismo, precisan que su propuesta se encuentra alineada al Objetivo Estratégico Institucional OEI.05.; Que, mediante el Informe Nº002-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto a la aprobación de la modi fi cación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE el cual sustenta la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del Memorando Nº 005-2022-GM/MLV; Que, por los fundamentos expuestos y haciendo uso de sus facultades conferidas en el numeral 6), artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación del Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 159-2019/MLV y modi fi catorias, conforme se detalla en el anexo que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General la publicación de la Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control y Gestión del Riesgo de Desastres, Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, Secretaría General y de la Gerencia de Desarrollo Urbano, conforme a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2032884-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 623-MSS, que aprueba medidas de apoyo a la comunidad para la atención del pago de multas administrativas en estado coactivo en condiciones excepcionales y condonación de costas procesales DECRETO DE ALCALDÍA N° 02-2022-MSS Santiago de Surco, 11 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum N° 87-2022-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 15-2022-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 7-2022-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 4-2022-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 623-MSS, prorrogada a su vez mediante los Decretos de Alcaldía Nº 10-2020-MSS, Nº 01-2021-MSS, Nº 07-2021-MSS, Nº 12-2021-MSS y Nº 13-2021-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ordenanza Nº 623-MSS, se dictaron medidas excepcionales para brindar bene fi cios de descuentos en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en estado coactivo, así como la condonación de costas procesales, bene fi cio otorgado en función al estado de