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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / de instalaciones sanitarias y eléctricas, iv) culminación de las acciones de mantenimiento preventivo del equipamiento de laboratorios y talleres, para los próximos cinco (5) años, que esté acorde con el diagnóstico de sus necesidades de mantenimiento. (iv) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al término del semestre académico 2020-I, un informe sobre las actividades ejecutadas para el traslado de estudiantes entre los locales SL02 y SL01. (v) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al término del semestre 2020- II, un informe documentado de los resultados y evidencias de ejecución de las actividades desarrolladas en el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo 2020 del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; y del Programa Anual 2020 del Comité de Seguridad Biológica Química y Radiológica, el que deberá contener evidencias de las capacitaciones programadas, inspecciones, simulacros de evacuación, sensibilización de protocolos, evaluación de protocolos y talleres, entre otros. (vi) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres académicos 2020-II, 2021-II y 2022-II, un informe sobre el resultado de las acciones realizadas para el desarrollo académico de los docentes, en los que se incluya los convenios de intercambio, movilidad docente y pasantías, programas de profesores visitantes, así como las acciones desarrolladas para garantizar la ejecución del presupuesto de las actividades de capacitación docente. Asimismo, presentar para el término del 2020-II, la inclusión como parte de los criterios de evaluación de los procesos de rati fi cación y evaluación de desempeño docente, la producción cientí fi ca del docente, número de tesis asesoradas, participación en congresos internacionales y desarrollo de patentes. (vii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, en un plazo no mayor a veinte (20) días de iniciado el semestre académico 2020-II, un informe documentado sobre la ejecución de las actividades del Plan de sostenibilidad para la disponibilidad de docentes cali fi cados con no menos del 25 % de docentes a tiempo completo. (viii) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar el semestre 2020-II, la relación actualizada de las publicaciones del repositorio institucional, según lo prescrito por la Ley N° 30035, ley que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e innovación de Acceso Abierto, su reglamento y bajo los lineamientos de la Directiva N° 044-2016-CONCYTEC-DEGC, Directiva que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto. (ix) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar los semestres 2020-II, 2021-II y 2022-II un informe documentado sobre las acciones realizadas para incrementar el número de publicaciones en revistas indexadas de alto impacto, ponencias, tesis, movilidad docente, pasantías de investigación, convenios interinstitucionales e incentivos a favor de la investigación, así como los resultados obtenidos; también, fortalecer la investigación formativa incluyendo a los estudiantes en las investigaciones de grupos de expertos; así como estrategias para fortalecer las Comunidades de Conocimiento y los Grupos de Innovación y Emprendimiento de la Universidad; todo ello asociado con un incremento del presupuesto para investigación y e fi ciencia en el gasto. Basándose en la “Guía práctica para la identi fi cación, categorización, priorización y evaluación de las líneas de investigación”, aprobada por Resolución de Presidencia N° 115-2019-Concytec-P, del 8 de julio de 2019, o norma que la modi fi que o sustituya; así como otros lineamientos formulados por Concytec. (x) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar el semestre 2020-II, un informe documentado sobre las acciones desarrolladas para incluir en los procesos de revisión de documentos de investigación criterios de buenas prácticas, integridad cientí fi ca, de fi niciones de autoría de la investigación cientí fi ca y el plagio, ciñéndose al Código nacional de la integridad Cientí fi ca del Concytec; considerando que, para la evaluación de originalidad de los trabajos de investigación y de tesis de grado, se cuente con jurados cali fi cadores especializados, que no tengan con fl icto de interés en el ejercicio de su evaluación; asimismo, las acciones desarrolladas para monitorear los resultados de toda investigación por medio de un sistema informático. (xi) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al fi nalizar los semestres 2020-II, 2021-Ii y 2022-II un informe documentado sobre las acciones y resultados obtenidos del fortalecimiento de los trece (13) programas de doctorado, considerando la incorporación de más docentes Renacyct; la publicación de por lo menos un artículo en revistas indexadas de alto impacto por programa de doctorado, y el desarrollo de grupos de investigación. Asimismo, incluir las investigaciones realizadas por los graduados de los programas de doctorado. (xii) Presente a la Dirección de Licenciamiento, al término de los semestres 2020-II, 2021-II y 2022-II, un informe sobre los resultados del Plan de Seguimiento al Egresado y el Plan de Actividades Orientadas a la Inserción Laboral, a partir del fortalecimiento de la coordinación entre las O fi cinas de Grados y Seguimiento del Egresado y la O fi cina Central de Seguimiento del Egresado. 8 RTD N° 056304-2021-SUNEDU-TD. 9 (i) de “ Bachiller en Tecnología Médica ” a “Bachiller Tecnólogo Médico en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica ”; (ii) de “ Bachiller en Tecnología Médica ” a “Bachiller Tecnólogo Médico en Optometría ”; (iii) de “ Bachiller en Tecnología Médica ” a “Bachiller Tecnólogo Médico en Radiología ”; (iv) de “Bachiller en Tecnología Médica ” a “ Bachiller Tecnólogo Médico en Terapia del Lenguaje ”; y (v) de “ Bachiller en Tecnología Médica ” a “Bachiller Tecnólogo Médico en Terapia Física y Rehabilitación ”. 10 (i) de “ Licenciado en Tecnología Médica Especialidad: Laboratorio y Anatomía Patológica ” a “ Licenciado Tecnólogo Médico en Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica ”; (ii) de “ Licenciado en Tecnología Médica Especialidad: Optometría ” a “Licenciado Tecnólogo Médico en Optometría ”; (iii) de “ Licenciado en Tecnología Médica Especialidad: Radiología ” a “Licenciado Tecnólogo Médico en Radiología ”; (iv) de “ Licenciado en Tecnología Médica Especialidad: Terapia del Lenguaje ” a “ Licenciado Tecnólogo Médico en Terapia del Lenguaje ”; y (v) de “ Licenciado en Tecnología Médica Especialidad :Terapia Física y Rehabilitación ” a “Licenciado Tecnólogo Médico en Terapia Física y Rehabilitación ”.11 (i) Resolución Decanal N° 509-2021-FTM-UNFV del 25 de enero de 2021 que, entre otros aspectos, aprueba los cambios solicitados “ a partir del 01 de julio de 2021 ”. Esta Resolución fue remitida con O fi cio N° 083-2021-D-VIRTUAL-FTM-UNFV del 12 de marzo de 2021 al Vicerrector Académico “ para que continúe con tramite de rati fi cación ”; (ii) o fi cio N° 083-2021-D-VIRTUAL-FTM-UNFV del 12 de marzo de 2021, (iii) proveído N° 422-2021-VRAC-UNFV del 29 de enero de 2021, (iv) proveído N° 018-2021-D-VIRTUAL-FTM-UNFV del 22 de enero de 2021, (v) proveído N° 0148-2021-VRAC-UNFV; (vi) proveído Nº 2441-2020-R-UNFV, (vii) ofi cio Nº 109-2020-D-VIRTUAL-FTM-UNFV del 19 de noviembre de 2020, (viii) o fi cio N°039-2020-SA-FTM-UNFV del 10 de enero de 2020, (ix) proveído N° 006-2020-D-FTM-UNFV del 9 de enero de 2020, (x) ofi cio N° 008-2020-D-FTM-UNFV del 14 de enero de 2020, (xi) o fi cio N° 0126-2020-VIRTUAL-EPLAP-FTM-UNFV del 4 de diciembre de 2020, (xii) o fi cio 076-2020-SA-FTM-UNFV del 1 de diciembre de 2020, (xiii) ofi cio Nº 173-2020-EPRI-FTM-UNFV del 7 de diciembre de 2020, (xiv) ofi cio 077-2020-SA-FTM-UNFV del 1 de diciembre de 2020, (xv) o fi cio Nº 122-2020-EPTR-FTM-UNFV del 26 de diciembre de 2020, (xvi) o fi cio 078-2020-SA-FTM-UNFV del 1 de diciembre de 2020, (xvii) proveído N° 057-2020-D-VIRTUAL-FTM-UNFV del 26 de noviembre de 2020. 12 RTD N° 070772-2021-SUNEDU-TD. 13 RTD N° 074331-2021-SUNEDU-TD. 14 O fi cio mediante el cual el Presidente de la Comisión Responsable del Licenciamiento Institucional remite al Rector de la universidad: (i) Anexo N° 2, y (ii) ayuda memoria cambio de denominación de grado y título profesional en Tecnología Médica. 15 Formato de solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional. 16 El local SL10 se ubica en Jr. Chepén – Av. Atarjea – Urb. Villa Hermosa Distrito: El Agustino Provincia: Lima. 17 Denominaciones listadas en la tabla N° 91 del Informe Técnico de Licenciamiento N° 018-2020-SUNEDU-02—12 del 19 de febrero de 2020 al que remite la Resolución de Consejo Directivo N° 035-2020-SUNEDU/CD del 10 de marzo de 2020. 18 Ley de fecha 20 de diciembre del 2004 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 4 de enero de 2005. 19 Artículo 1 de la Ley N° 24291, ley que crea el Colegio Tecnólogo Médico del Perú. 20 Artículo 2 de la Ley N° 24291, ley que crea el Colegio Tecnólogo Médico del Perú. 21 Son ámbitos de la tecnología médica: (i) Terapia Física y Rehabilitación; (ii) Terapia Ocupacional; (iii) Optometría; (iv) Radiología; y (v) Laboratorio y Anatomía Patológica / Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica. 22 (i) Ley N° 28456 “ Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico ” publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 4 de enero de 2005 y (ii) Resolución Secretarial N° 007-2021/MINSA del 13 de enero de 2021 que modi fi ca el manual de clasi fi cación de cargos del Ministerio de Salud. 23 “ Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnólogo Médico, Ley N° 28456 ” de fecha 20 de diciembre del 2004 y publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 4 de enero de 2005. 24 Reglamento de Licenciamiento Institucional Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional (…) 31.4 De la misma forma que el procedimiento de licenciamiento institucional, los procedimientos de modi fi cación de licencia previstos en el presente artículo son de evaluación previa y se encuentran sujetos al silencio administrativo negativo. 2035463-1 Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad de San Martín de Porres, y reconocen modificación de denominación de los programas P60 “Maestría en Derecho de los Negocios” y el programa P61 “Maestría en Derecho en Ciencias Penales”; y denominaciones de grados académicos que otorgan dos programas de la Facultad de Derecho de la Universidad (P60 y P61) RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 006-2022-SUNEDU/CD Lima, 1 de febrero de 2022 VISTOS: La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) N° 040244-2019-SUNEDU-TD del 20 de setiembre de 2019, presentada por la Universidad de San Martín de Porres (en adelante, la Universidad), y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 003-2022-SUNEDU-02-12 del 25 de enero de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic); y,