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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (03/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 3 de febrero de 2022 El Peruano / - Un (1) representante de las instituciones privadas vinculadas a la actividad artesanal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura y Turismo las funciones de la Secretaría Técnica del Consejo Local de Fomento Artesanal de Distrito de Mira fl ores – COLOFAR MIRAFLORES. Artículo Cuarto.- PRECISAR que, por tratarse de una instancia de coordinación y consultiva, el COLOFAR MIRAFLORES, no se le asignará presupuesto propio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores para que mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la presente, de ser necesarias. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura y Turismo, a la Subgerencia de Comercialización, a la Subgerencia de Fiscalización y Control, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, según sus competencias. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob. pe). Cuarta.- DEROGAR la Ordenanza Nº 397/MM, así como dejar sin efecto cualquier dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Mira fl ores, 31 de enero de 2022 LUIS MOLINA ARLES Alcalde 2035383-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza que establece incentivo tributario por el pronto pago de obligaciones tributarias del Ejercicio 2022 en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 417-MDSJL San Juan de Lurigancho, 1 de febrero del 2022 EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 01 de febrero del 2022, el Dictamen N° 001-2022-CER-CM/MDSJL, 25 de enero del 2022, de la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVO TRIBUTARIO POR EL PRONTO PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL EJERCICIO 2022 EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza tiene como objetivo establecer incentivo tributario de carácter temporal por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022 a favor de los contribuyentes en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DEFINICIONES 2.1. Contribuyente Puntual:Todo contribuyente que al día 1 de enero de 2022, no mantenga deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2021. 2.2. Pensionista y Adulto Mayor:Contribuyente debidamente registrado en la municipalidad que goce del bene fi cio estipulado en el Artículo 19º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, o que hasta la fecha de vencimiento de la presente ordenanza pueda actualizar su registro y cancelar su deuda tributaria. 2.3. Persona con Discapacidad - CONADIS:Contribuyente debidamente registrado en la municipalidad que tenga esta condición y se encuentre inscrito y reconocido por el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS), podrá gozar de este incentivo presentando su solicitud de manera presencial o virtual, adjuntando su CARNET DE CONADIS hasta la fecha de vencimiento de la presente ordenanza y cancelar su deuda tributaria. 2.4. Deudor Tributario:Todo contribuyente que al día 1 de enero de 2022, si mantenga deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por uno o varios periodos hasta el ejercicio 2021. Artículo Tercero.- ALCANCE E INCENTIVOS 3.1. AlcancePodrán acogerse al presente incentivo, aquellos contribuyentes que cumplan con pagar el total del monto del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales y el derecho de emisión, correspondiente al ejercicio 2022, en las condiciones establecidas en la presente ordenanza. 3.2. De los IncentivosLos contribuyentes podrán pagar sus obligaciones tributarias con los siguientes descuentos: PORCENTAJES DE DESCUENTO TIPO DE CONTRIBUYENTECONDICIÒN DE PAGO% DESCUENTO EN ARBITRIOS MUNICIPALES 2022 CONTRIBUYENTE PUNTUALIMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 202220% ARBITRIOS MUNICIPALES 202215% PENSIONISTA Y/O ADULTO MAYORARBITRIOS MUNICIPALES 202220% PERSONA CON DISCAPACIDAD (CONADIS)ARBITRIOS MUNICIPALES 202218% DEUDOR TRIBUTARIOIMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 202215% ARBITRIOS MUNICIPALES 202210%