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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (03/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 3 de febrero de 2022 El Peruano / Fecha de inicio del servicio Monto total del contrato u Orden de Servicio Plazo de ejecución (días calendarios) Plazo de prestaciónInicio Término N.º de entregable Fecha de presentación de entregable Cantidad de días de retraso Actividades programas según los TDR Actividades reportadas en el entregable. Se realizó observaciones Sí No Plazo para subsanar observaciones (cantidad de días y fecha límite) Fecha de entrega de subsanación Cantidad de días de retraso Total de días de retrasoMonto de la prestación ejecutada Penalidad Sí No Observaciones Se expide la presente constancia, para su uso exclusivo de trámite de pago. Fecha: _________________________________________Firma y sello del responsable de emitir la conformidad 2035531-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro del Consejo Consultivo del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000014-2022-PRE/INDECOPI San Borja, 27 de enero del 2022 VISTOS: El Memorándum N° 000043-2022-GEG/INDECOPI, el Informe N° 000274-2021-ORH/INDECOPI, el Informe 000406-2021-OAJ/INDECOPI, el Informe N° 000122-2022-GEG/INDECOPI, el Acuerdo N° 0001-2022, el Informe N° 00043-2021-OAJ/INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros del Órgano Consultivo; Que, el literal a) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, establece que el Consejo Directivo designa a los miembros del Órgano Consultivo;Que, el numeral 8.3 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, dispone que los miembros del Órgano Consultivo serán designados por un período de tres (3) años, pudiendo ser rati fi cados por un (1) período adicional; Que, encontrándose vacante el cargo de miembro del Consejo Consultivo, el Consejo Directivo del INDECOPI considera importante completar la designación de todos los miembros del Consejo Consultivo, a fi n de asegurar el correcto funcionamiento de sus órganos internos; Que, mediante Acuerdo N° 0001-2022 del 11 de enero de 2022 el Consejo Directivo del INDECOPI dispone designar al señor Raúl Eduardo Mauro Machuca como miembro del Consejo Consultivo, encargando a la Presidencia Ejecutiva del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Ofi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo y, el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 0004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Raúl Eduardo Mauro Machuca como miembro del Consejo Consultivo del INDECOPI, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIÁN PALACÍN GUTIÉRREZ Presidente Ejecutivo 2035397-1 Designan miembros del Consejo Consultivo del INDECOPI RESOLUCIÓN N°000015-2022-PRE/INDECOPI San Borja, 2 de febrero de 2022 VISTOS:El Memorándum N° 000003-2022-GEG/INDECOPI, el Memorándum N° 000021-2022-GEG/INDECOPI, el Informe N° 000044-2022-ORH/INDECOPI, el Informe N° 000047-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe N° 000011-2022-GEG/INDECOPI, el Acuerdo N° 007-2022 del Consejo Directivo y el informe N° 00063-2022-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo del INDECOPI la designación de los miembros del Órgano Consultivo de la Institución, el cual puede ser denominado Consejo Consultivo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo 000063-2021-PRE/INDECOPI; Que, el numeral 8.3 del artículo 8 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, dispone que los miembros del Órgano Consultivo serán designados por un período de tres (3) años, pudiendo ser rati fi cados por un (1) período adicional;