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32 NORMAS LEGALES Jueves 3 de febrero de 2022 El Peruano / del Consejo Consultivo del INDECOPI, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIÁN PALACÍN GUTIÉRREZ Presidente Ejecutivo 2035832-3 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en ciencias con mención en Ingeniería de Minas otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1485 Lima,1 de diciembre de 2021Visto el Expediente STDUNI N° 90477-2021 presentado por el señor JAMES VALENZUELA MURILLO, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas; CONSIDERANDO:Que, el señor JAMES VALENZUELA MURILLO, identi fi cado con DNI Nº 07959622 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 228-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 28 de octubre del 2021, precisa que el diploma del señor JAMES VALENZUELA MURILLO, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 03, página 65, con el número de registro 8549-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 19-2021, realizada el 08.11.2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas al señor JAMES VALENZUELA MURILLO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 14 (Virtual) de fecha 25 de noviembre de 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único. - Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente:N°Apellidos y NombresCon mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1VALENZUELA MURILLO, James Ingeniería de Minas03.05.1983 Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LOPEZ CHAU NAVA Rector RAFAEL VÁSQUEZ RODRÍGUEZ Secretario General 2035195-1 Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Música a favor de la Contraloría General, correspondiente a retribución económica solicitada para el financiamiento de la contratación de Sociedad de Auditoría UNIVERSIDAD NACIONAL DE MÚSICA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 009-2022-UNM Lima, 25 de enero de 2022Visto el Informe No. 003-2022-UNM/OPP-UP de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el O fi cio No. 003-2022-UNM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el O fi cio No. 023-2022-DGA-UNM de la Dirección General de Administración. CONSIDERANDO: Que mediante el Artículo 1 de la Ley No. 30597 se denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, asimismo el Artículo 2° establece que deberá adecuar su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley No. 30220, Ley Universitaria; Que el Artículo 4 de la Ley No. 30851, sobre la conformación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música señala que, el Ministerio de Educación designa a sus integrantes, previo procedimiento previsto en la norma; asimismo, el Artículo 29° de la Ley No. 30220, Ley Universitaria dispone que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan de acuerdo con la ley; Que mediante la Resolución Viceministerial No. 002-2019-MINEDU y la Resolución Viceministerial No. 068-2019-MINEDU, se constituye y reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música; asimismo mediante la Resolución Viceministerial No. 121-2021-MINEDU se designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora; Que de conformidad con los incisos a), f) y d) del numeral 6.1.5 del Artículo VI de la Resolución Viceministerial No. 244-2021-MINEDU que aprueba el documento normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, la Presidenta de la Comisión Organizadora ejerce la representación legal de la Universidad y de la Comisión Organizadora, dirige la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera y está facultada a emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia; asimismo, el inc. m) del mismo numeral le asigna las funciones que corresponden al Titular del Pliego; Que mediante la Ley No. 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 se aprobó