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86 NORMAS LEGALES Viernes 4 de febrero de 2022 El Peruano / realizados en el lote, las colindancias y medidas, las edifi caciones y construcciones del mismo. i) Declaración de Abandono: Es la pérdida del reconocimiento del derecho de posesión efectuada por la Municipalidad, generada por el cese del ejercicio de la posesión y de los actos posesorios que se ejercen sobre el predio. TÍTULO II: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE POSESIÓN CAPÍTULO PRIMERO: DE LA PETICIÓN ADMINISTRATIVA Artículo 7°.- Requisitos Generales. Para acceder a un Certi fi cado de Posesión, se deberá de contar con: 1) Posesión efectiva y conducción del predio; la misma que se acredita con la una Declaración Jurada y se veri fi ca en inspección técnica. 2) Acreditar el ejercicio de actos posesorios sobre el predio; los mismos que se expresaran en la Declaración Jurada y se veri fi caran en la inspección técnica. 3) Planos perimétricos, de ubicación, localización y memoria descriptiva del predio, georeferenciados (Datum WGS-84); fi rmados por un profesional responsable, el mismo que puede ser ingeniero Civil o Arquitecto. 4) Certi fi cado de Búsqueda Catastral emitida por Registros Públicos 5) Documento público o privado con el que acredite su derecho. 6) Declaración Jurada legalizada donde se indique la forma y el modo como se adquirió la posesión, el tiempo de posesión, los actos posesorios realizados y que sobre el inmueble no existe ningún proceso judicial o extrajudicial donde se discuta la posesión del predio. 7) Declaración Jurada legalizada de tres (03) vecinos colindantes del predio. 8) Pago de Autovalúo.9) Pago de Derechos de trámite. Artículo 8°.- Requisitos Especí fi cos Para Posesiones En Predios De Propiedad Estatal. Para acceder a la emisión de un certi fi cado en posesiones informales ubicadas en predios cuyo dominio corresponde al Estado, se deberá acreditar además de los requisitos establecidos en el Artículo 7°, los siguientes documentos: 1. No contar con propiedad predial dentro del ámbito del Distrito de Bagua Grande; debiendo de adjuntar la Constancia Negativa de Búsqueda de propiedad emitida por Registros Públicos. 2. En los predios cuyo dominio o propiedad corresponde al Estado, el peticionante deberá acreditar carga familiar, adjuntando con dicha fi nalidad la partida de nacimiento de un hijo, partida de matrimonio o Certi fi cado de convivencia. Artículo 9°.- Requisitos Especí fi cos Para Posesiones en Predios de Propiedad de Particulares. Para acceder a la emisión de un certi fi cado en posesiones informales ubicadas en predios cuyo dominio corresponde a particulares, se deberá acreditar además de los requisitos establecidos en el Artículo 7°, los siguientes documentos: 1. Acreditar el tracto sucesivo entre el posesionario y el propietario registral del predio. Artículo 10°.- La Petición Administrativa. Quien se encuentre en posesión y conducción de un lote de terreno ubicado en la zona urbana del Distrito de Bagua Grande puede solicitar el otorgamiento de un Certi fi cado de Posesión, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 7° en concordancia con los Artículos 8° y 9° según sea el caso. La petición administrativa será derivada por Mesa de Partes a la Gerencia de Infraestructura de Desarrollo Urbano y Rural, la misma que la derivará a la Sub Gerencia de Catastro, quien dentro de los quince días deberá de emitir su Informe técnico, publicar la petición administrativa en el Diario de mayor circulación local, en la página web y redes sociales de la institución, así como en el inmueble objeto de la petición administrativa. La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural emitirá la Resolución Administrativa a través de la cual se reconoce la posesión del lote solicitada o se deniega la misma; expresando en la misma el sustento de la decisión adoptada bajo responsabilidad. Artículo 11°.- Limitaciones Para Predios de Propiedad Estatal. La Municipalidad Provincial de Utcubamba, solo reconocerá, posesiones informales sobre predios estatales cuando se trate de una única posesión en el ámbito del distrito de Bagua Grande y siempre y cuando acredite carga familiar, otorgándose el Certi fi cado de Posesión a favor de los esposos o convivientes, salvo que acredite el abandono del hogar conyugal o convivencial. Artículo 12°.- Limitaciones Para Predios de Propiedad de Particulares. Los solicitantes de predios cuyo dominio fi gura a favor de particulares, deberán de acreditar el tracto sucesivo del predio, adjuntando a su petición administrativa las respectivas transferencias efectuadas Artículo 13°.- Impedimentos. No se podrán otorgar Certi fi cados de Posesión, cuando: