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78 NORMAS LEGALES Jueves 17 de febrero de 2022 El Peruano / Código Infracción Sanciones Gradualidad Multa % uit Medidas complementarias 09-0306Conductores que se estacionen a la espera de pasajeros, generando colas y/o haciendo paradero en áreas de la vía pública no autorizada.5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0307Conductores que recojan o dejen pasajeros en el centro de la calzada o en lugares de la vía pública que atenten contra su integridad física3.50% L 09-0308 Conductores que trasladen pasajeros como copiloto 5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0309Conductores que presten el servicio especial en vehículos menores con lunas oscurecidas o polarizadas5.00%Internamiento del vehículo en el depósitoG 09-0310Conductores que presten el servicio especial en vehículos menores que contengan, lemas, impresiones, objetos que difi culten la visibilidad que distraigan al conductor o que no correspondan al rnv.5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0311Conductores que presten el servicio especial en vehículos menores en los que se haya modi fi cado la estructura del porta parlante y/o vehículos en los que de fábrica se hayan adicionando parlantes que desnaturalicen el servicio especial.5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0312Conductores que no participen del curso de capacitación anual.5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0313Conductores que no porten el documento o constancia de haber aprobado el curso de capacitación anual.2.00%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0314Conductores que presten el servicio especial en vehículos menores autorizados sin contar con el sticker vehicular.2.00%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0315Conductores que presten el servicio especial sin el vestuario correspondiente al uniforme de la persona jurídica que es a fi liado2.00%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0316Conductores que presten el servicio especial en vehículos menores hayan cambiado las condiciones de las constataciones características.3.50%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0317Conductores que presten el servicio especial con vehículos que no cuenten con la razón social identi fi catoria de la persona jurídica autorizada.3.50%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0318Por no contar con la división o separador central del vehículo entre pasajero y conductor. (Covid-19)5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0319Por no cumplir con los protocolos establecidos por el gobierno central (covid-19)5.00%Internamiento del vehículo en el depósito G 09-0320 Conductor que no cuenta con mascarilla (covid-19) 3.50%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0321Por circular, interrumpir y/o impedir el tránsito, en situaciones desastre natural o emergencia, incumpliendo las disposiciones de la autoridad competente para la restricción de acceso a las vías3.50%Internamiento del vehículo en el depósito L 09-0322Por no presentar la placa legible, o no pintar el número de placa a los lados laterales, la parte posterior y en la parte superior externa del chasis del vehículo menor (techo) y el sticker con código qr.5.00%Internamiento del vehículo en el depósitoG 2040009-1 Reactivan y prorrogan la quinta disposición complementaria transitoria de la Ordenanza N° 619/MDC, que establece beneficios extraordinarios de descuento para el pago de multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2022-MDC Comas, 14 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMASVISTO: El Memorando Nº 38-2022-GAJ/MDC emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 31-2021-SG/MDC emitido por la Secretaría General, el Memorando Nº 11-2020-GFT/MDC emitido por la Gerencia de Fiscalización y Transporte, el Memorándum Nº 001-2022-SGSYECA-GFYT/MC, de la Subgerencia de Sanciones y Ejecutoría Coactiva Administrativa, sobre la prórroga del plazo de vencimiento de bene fi cios extraordinarios para el pago de multas administrativas, establecido por la Ordenanza Nº 619/MDC; CONSIDERANDO: Que, el artículo 39º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía y por resoluciones