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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (17/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 17 de febrero de 2022 El Peruano / ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 609/MC, QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo 1º.- APROBAR la modi fi cación de la Ordenanza Nº 609/MC, Ordenanza que regula del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas. Artículo 2º.- MODIFICAR el numeral 2 del artículo 23º, numeral 1 del artículo 24º, la tercera disposición complementaria transitoria, en su Anexo Nº 01 Cuadro de Infracciones y Sanciones, de la Ordenanza Nº 609/MC, Ordenanza que regula del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas. Artículo 3º.- INCORPORAR el numeral 12 al artículo 24º de la Ordenanza Nº 609/MC, Ordenanza que regula del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalización y Transporte, Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, Subgerencia de Sanciones y Ejecutoria Coactiva Administrativa y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- DISPONER la entrega de sticker con código QR en forma gratuita a las empresas que prestan el Servicio Público Especial de Pasajeros con Vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE COMAS CAPITULO II DEL SERVICIO Artículo 23º- DE LAS OBLIGACIONES DE LA PERSONA JURIDICA AUTORIZADA(…) 2. Asegurarse que los conductores presten servicio portando: licencia de conducir vigente, SOAT, AFOCAT o CAT vigente, documento o constancia de haber aprobado el curso de capacitación anual y el sticker con el código QR. Artículo 24º- DE LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS VEHICULOS El vehículo menor de transporte público, debe cumplir como mínimo las siguientes condiciones: 1. Debe presentar la placa legible, asimismo, deberá pintar el número de placa a los lados laterales del vehículo. En la parte posterior deberá situarse en la parte central del chasis con medidas de 0.40m de largo por 0.20 de acho, con colores de fondo amarillo borde y numero de color negro, y en la parte superior externa del chasis del vehículo menor (techo) también será pintada con las siguientes medidas: 50 cm de alto por 100 cm de largo, con fondo de color de amarillo, los números y letras deberán ser claros y legibles, de color negro que ocupen el fondo de 45 cm de alto por 90 cm de largo. (…)12. Contar el sticker con código QR de 12 cm de alto x 13 cm de ancho, el que deberá contener la siguiente información: i) nombre de la empresa, ii) placa del vehículo, iii) nombre de propietario, iv) número de fl ota y v) número de teléfono. Este deberá ser colocado en el parabrisas del vehículo y en su interior donde se lleva a los pasajeros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El administrado que cancele en los 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la imposición del Acta de control será merecedor a un descuento por pronto pago de 50% en la sanción de multa, no aplica el bene fi cio para vehículos que no cuenten con autorización. Los administrados que se acojan al bene fi cio excepcional de descuento descrito en el artículo anterior, reconocen expresamente la comisión de la infracción, por lo que deben hacerse cargo del pago ante la aplicación de la medida complementaria que se ejecutó ante la detección de la infracción, ante ello no podrán presentar reclamo o solicitud de devolución alguno. El bene fi cio de descuento de la multa administrativa no libera al infractor de la regularización del pago de la aplicación de la medida complementaria y su pago es de estricto cumplimiento para la liberación del vehículo según el CUIS de la presente ordenanza, siendo la reincidencia causal de pérdida del bene fi cio de pronto pago. (…) Sétima.- DISPONER la entrega de sticker con código QR en forma gratuita por la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, a las empresas que prestan el Servicio Público Especial de Pasajeros con Vehículos menores motorizados en el Distrito de Comas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Tercera.- ANEXO Nº 01 CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES Código Infracción Sanciones Gradualidad Multa % uit Medidas complementarias Línea de acción 09:Vehículos menores motorizados Sub linea 9.1.- Al propietario 09-0101Prestar el servicio sin encontrarse autorizado a través de una persona jurídica con permiso de operación vigente emitido por la municipalidad distrital de comas5%Internamiento del vehículo en el dmv por tres días Mg (Reincidencia) 10%)