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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (27/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 27 de febrero de 2022 El Peruano / niveles de gobierno, realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma y su modi fi catoria, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF; Que, mediante el Informe N° 000035-2022-DGM/ MC, la Dirección General de Museos eleva los Informes N° 000033-2021-DRBM/MC, N° 000073-2021-DRBM-MHS/MC y N° 000021-2021-DRBM-EHT/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria de veintidós bienes muebles como Patrimonio Cultural de la Nación, ubicados en el Museo Aeronáutico del Perú y pertenecientes a la Fuerza Aérea del Perú; Que, a través del O fi cio NC-900-MUDI-N° 001, la directora del Museo Aeronáutico del Perú brinda su conformidad con el procedimiento de declaratoria de los bienes culturales; Que, los veintidós bienes culturales muebles presentan valor e importancia histórica y se encuentran clasi fi cados en tres bienes prehispánicos y diecinueve bienes histórico artísticos. Por un lado, en relación a los tres bienes muebles prehispánicos, se tiene que conservan legiblemente sus rasgos morfológicos y decorativos, lo que permite la identi fi cación de la cultura, periodo y ubicación geográ fi ca a la que pertenecen. Asimismo, son testimonio tangible del desarrollo tecnológico, social y cultural de algunas de las principales sociedades que se desarrollaron en la costa sur y costa norte del Perú en la época prehispánica; así como fuente de información y evidencia de la producción y tecnología con la que fueron elaborados, con potencial fuente de investigación que contribuiría al mayor conocimiento del antiguo Perú. Su reconocimiento por parte de la ciudadanía como símbolos de la identidad nacional, le otorga a estos bienes un signi fi cativo valor social; De otro lado, respecto a los diecinueve bienes muebles histórico artísticos, relacionados testimonialmente a personajes destacados de la aviación y aeronáutica del Perú, como es el caso de Pedro Paulet Mostajo, Jorge Chávez Dartnell, Alejandro Velazco Astete, Manuel Polo Jiménez y José Abelardo Quiñones, poseen valor e importancia histórica y cientí fi ca, ya que estos permiten tener una visión sintetizada de las principales hazañas, hechos heroicos y aportes cientí fi cos relacionados con la aviación y la aeronáutica peruana. De igual manera, el conjunto de bienes, por extensión, se convierten en un referente de la importancia de los personaje históricos a los que están asociados, por ende, adquieren un signi fi cativo reconocimiento social ya que sus hazañas tanto civiles como militares, llevadas a cabo entre fi nales del siglo XIX y primera mitad del siglo XX, forman parte del repertorio simbólico de grandes personalidades relacionadas a la Fuerza Aérea Peruana (FAP); convirtiéndose en un referente de orgullo y ejemplo para el personal de la citada institución y un imaginario colectivo de referentes históricos de entrega y civismo a favor de la patria, para la ciudadanía;Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de veintidós bienes muebles como Patrimonio Cultural de la Nación, ubicados en el Museo Aeronáutico del Perú y pertenecientes a la Fuerza Aérea del Perú; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Museos y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único. Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los veintidós bienes muebles ubicados en el Museo Aeronáutico del Perú y de propiedad de la Fuerza Aérea del Perú, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2043068-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 035-2022-MIDIS Lima, 25 de febrero de 2022VISTOS:El Memorando N° D000071-2022-MIDIS-VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000231-2022-MIDIS-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° D000109-2022-MIDIS-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose entre los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS; Que, al encontrarse vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicho cargo; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Recursos