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26 NORMAS LEGALES Domingo 27 de febrero de 2022 El Peruano / PRODUCE Aprueban el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Producción para el período 2023-2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00072-2022-PRODUCE Lima, 25 de febrero de 2022VISTOS: El Informe N° 00000001-2022-PRODUCE/ OPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y el Informe N° 00000051-2022-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000169-2022-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1252, establece que una de las Fases del Ciclo de Inversión es la Programación Multianual de Inversiones, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo, entre otros, de los Sectores; Que, el numeral 5.3 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, dispone que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones (PMI) Sectorial, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias; Que, el numeral 13 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, establece que el PMI contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios, los criterios de priorización y la cartera de inversiones bajo la responsabilidad funcional de un Sector; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252 establece que el Órgano Resolutivo aprueba el PMI del Sector, así como las modi fi caciones de los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el PMI; Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252 dispone que la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, dispone que el PMI Sectorial es aprobado mediante la resolución o acto correspondiente por el Ministro, Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector;Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone y sustenta la necesidad de aprobar el PMI del Sector Producción para el período 2023-2025; por lo que, de acuerdo a lo establecido en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, resulta necesario aprobar el PMI del Sector Producción para el período 2023-2025; Con las visaciones de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, y su modi fi catoria; la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Producción para el período 2023-2025, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Producción para el período 2023-2025, a que hace referencia el artículo 1 de la presente norma, a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2043114-1 SALUD Aprueban la nueva conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Salud, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 116-2022/MINSA Lima, 25 de febrero del 2022VISTO, el Expediente N° 22-019830-001, que contiene el Proveído N° 0166-2022-OGPPM-OPMI/MINSA recaído en el Informe N° 107-2022-OPMI-OGPPM/MINSA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 163-2022-OGAJ/MINSA emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catoria, establece que el Ministerio de Salud es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por