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66 NORMAS LEGALES Domingo 3 de julio de 2022 El Peruano / a las infracciones al transporte especial de pasajeros en vehículos menores, moto taxis y similares en el distrito; Que, mediante el Informe Nº 0017-2022-MDH/OAJ, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, ha realizado el análisis legal e invocando la normativa vigente sobre la materia, por lo que ha opinado que es procedente aprobar la Ordenanza Municipal que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y carga en Vehículos Menores y Similares Motorizado y No Motorizado en el Distrito de Huarmaca; Que, estando a las consideraciones expuestas el Concejo Municipal en uso de sus facultades otorgadas por la Ley Nº 27972-Organica de Municipalidades, en la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 02-2022, de fecha 31 de enero de 2022, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores del concejo municipal y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES Y SIMILARES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE HUARMACA Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores y Similares Motorizados y No motorizados del distrito de Huarmaca; cuyo Reglamento consta de 75 artículos, nueve (09) Disposiciones Complementarias y Finales; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- APROBAR la Tabla de Infracciones y Escala de Multas Administrativas del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores y similares Motorizados y No Motorizados en el distrito de Huarmaca, el mismo que como anexo 1, forma parte integrante del Reglamento aprobado en el artículo precedente. Artículo 3º.- INCORPORAR en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en el Reglamento de Aplicación y Sanciones Administrativas y en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (RASA y CUIS) de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, los procedimientos, pagos de tasas y derechos, sanciones e infracciones respectivamente; conforme lo establecido en el Reglamento y la Tabla de Infracciones y Escala de Multas Administrativas aprobados en el artículo 1º y artículo 2º de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos Locales, a través de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Transportes y demás Órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 5º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia dentro de los 90 días calendarios, contados a partir de la fecha de su publicación. Artículo 6º.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, conforme a Ley, así como a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones – TICs la publicación del texto íntegro del Reglamento y anexos aprobados, en la Plataforma Única del Estado Peruano GOB.PE. (www.gob.pe/munihuarmaca). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OVILDORO LARA TINEO Alcalde 2082365-1 Crean el Cuerpo de Inspectores de Transporte Municipal y aprueban el Reglamento del Cuerpo de Inspectores de Transporte Municipal para la fiscalización del servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos mayores y menores en el distrito de Huarmaca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2022-MDH Huarmaca, 1 de febrero de 2022POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Huarmaca, en Sesión Concejo Ordinaria Nº 02-2022, de fecha 31 de enero de 2022; VISTOS:El Informe Legal Nº 0018-2022-MDH/OAJ, de fecha 13 de enero de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0920-2021-MDH-GSPL, de fecha 30 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Servicios Públicos Locales y el Informe Nº 081-2021-SGSC.T, de fecha 21 de diciembre de 2021, emitido por la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Transportes, de la Municipalidad Distrital de Huarmaca, y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo Nº 194º, modi fi cado por la Ley Nº 28607 de reforma constitucional, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que faculta a la municipalidad a ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, las Entidades son competentes para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentran comprendidas dentro de su competencia de conformidad con lo establecido por el numeral 61.2 del artículo 61º de la Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, precisa que las Ordenanzas de la Municipalidades Provinciales y REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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