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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2022 (03/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Domingo 3 de julio de 2022 El Peruano / Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático, nueva fecha y hora para llevar a cabo el sorteo de los premios pendientes de sortear. 15. PLAZO PARA RECLAMAR LOS PREMIOS: El plazo para reclamar el premio especial culminará a los treinta (30) días calendarios, contados a partir de la noti fi cación del ganador por la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, siendo el caso que, mientras el premio no sea reclamado, la Gerencia de Administración Tributaria fungirá en calidad de custodio, para tal efecto una vez vencido el plazo este perderá el derecho a reclamarlo. Asimismo, si el ganador hubiera cumplido con reclamar el premio, y éste no cumpliera con las exigencias del artículo 7º y/o se encontrará incurso en las causales de exclusión del artículo 8º del presente Reglamento y/o hubiera vulnerado el plazo para reclamar el premio en cuestión, no habrá lugar a reclamo alguno, dicho premio será incorporado al próximo sorteo, debiendo la Comisión Organizadora de los SORTEOS 2022, dejar constancia de tal situación en la correspondiente Acta. 16. DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS DEL SORTEOLa difusión de los resultados conteniendo los ganadores de los SORTEOS 2022, estará a cargo de la Subgerencia de Tecnología de la Información y Soporte Informático quien los publicará en la página web de esta Corporación Edil, inmediatamente después de realizado el Sorteo. Los resultados permanecerán publicados por un lapso de treinta (30) días hábiles posteriores al sorteo en la página web institucional de la Municipalidad. ANEXO Cuadro N° 01 - Precios estimados de los premios a sortear Cantidad Descripción Tipo/ModeloPrecio unitario estimadoPrecio Total estimado 1 Vehículo Minivan 36,000.00 36,000.00 5 Tv 55 Pulgadas 2,000.00 10,000.00 5 Refrigeradoras 160 Litros 1,200.00 6,000.00 2 Motos electricas Motor 500W 3,000.00 6,000.00 10Plancha, Olla, Arrocera, LicuadoraKits (3 Artef.) 600.00 6,000.00 64,000.00 2082566-1 Establecen beneficios en el pago de multas administrativas ordinarias y coactivas impuestas por la Municipalidad de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 467/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 28 de junio de 2022 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 221-2022-SGEC-GAT/MDSJM de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, por el cual propone el Proyecto de Ordenanza de bene fi cios en el Pago de Multas Administrativas y Coactivas y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional, dispone que las municipalidades provinciales y distritales, son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, atribución que recoge el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 69º numerales 1) y 2) de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece como rentas municipales, entre otros, las multas creadas por el Concejo Municipal; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 40° de la Ley N° 27972, en concordancia con el numeral 4 del artículo 200º de la Constitución Política del Estado, las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, cuyo rango es equivalente a la Ley, mediante las cuales las municipalidades del país ejercen su potestad normativa para el cumplimiento de sus fi nes; Que, la autonomía política, se re fi ere a la capacidad legal de establecer a través de Ordenanzas, los tipos de infracción administrativa, según la competencia asignada por la Ley Orgánica de Municipalidades, y correlativamente, fi jar el monto de dichas infracciones. Esta atribución general, lleva inherente, la de establecer con carácter excepcional y temporal, reducciones al monto ordinario de las multas administrativas, creando así una política entre otros, de incentivar al saneamiento de la situación morosidad del administrado y/o vecino y aliviar la carga impuesta. Que, en este caso, las circunstancias post covid y sus efectos económicos, inspiran al Concejo Municipal, a establecer mecanismos de facilitación del pago, que promuevan el cumplimiento voluntario de la obligación, siendo que, dicha temporalidad es necesaria, para armonizarla y permitir la primacía del principio de autoridad en materia de fi scalización administrativa, sin perjuicio de regularizar la obligación formal o cumplir las medidas complementarias, correspondientes; Que, mediante Informe Nº 576-2022-MDSJM/GAT- SGRT la Subgerencia de Recaudación Tributaria, remite a la Gerencia de Administración Tributaria información respecto a los saldos deudores de multas administrativas con el registro de deudas pendientes de pago. Que, mediante Informe N° 221-2022-SGEC-GAT/ MDSJM la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, remite a la Gerencia de Administración Tributaria la propuesta de la emisión de una Ordenanza que otorgue bene fi cios no tributarios para los administrados. Que, mediante Informe N° 192-2022-SGSFA-GDE/ MDSJM la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, remite opinión técnica favorable respecto a la propuesta de la ordenanza que aprueba “Bene fi cios en el pago de multas administrativas ordinarias y coactivas”; asimismo, propone que la campaña para impulsar la recuperación de la cartera de multas administrativas considere un descuento del 0% desde el año 020 hacia los años antiguos y del 70% del año 2021. Que, mediante Informe N° 141-2022-SGTTSV- GSCYV/MDSJM la Subgerencia de Transporte, Transito y Seguridad Vial, remite opinión técnica respecto de la propuesta de la Ordenanza que Aprueba “Bene fi cios en el pago de multas Administrativas”. Que, mediante Informe N° 132-2022-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable con la aprobación del proyecto de ordenanza que otorgan “Bene fi cios en el pago de Multas Administrativas Ordinaria y Coactivas” la cual entrará en vigencia el día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2022. En uso de las facultades conferidas en el Artículo 9° el inciso 8 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto UNANIMIDAD de los miembros del Concejo municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS EN EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS ORDINARIAS Y COACTIVAS Artículo 1°.- OBJETIVO La presente Ordenanza otorga la oportunidad de sanear las multas administrativas en general, impuestas