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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 142

142 Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / gasoductos Pariñas-CT Malacas y reiteró su posición en contra de lo ordenado en la medida cautelar a favor de Gastalsa. Por su parte, Gasnorp a través de su carta N° GDN-COM-S-2022-00724, recibida el 23 de mayo de 2022, señala a Osinergmin que el requerimiento no es claro y que en todo caso entiende que la valorización está referida a los ductos existentes en la fecha que se interpuso la acción contencioso administrativa; Que, mediante O fi cio N° 768-2022-GRT, noti fi cado el 26 de mayo de 2022, Osinergmin precisó a Gasnorp que, de acuerdo a lo dispuesto por el Juzgado, la orden de medida cautelar se encuentra referida a los ductos de gas natural existentes a la fecha de la interposición de la demanda ubicados en el distrito de Pariñas, es decir los ductos existentes al 11 de mayo de 2011; Que, mediante Carta N° GDN-COM-S-2022-00854 de fecha 9 de junio de 2022, Gasnorp señala que las especi fi caciones técnicas del ducto comprendido entre la planta Pariñas y la Re fi nería Talara (“Ducto Talara”) se encuentran en el Anexo I del contrato de compraventa que suscribió con Enel, el cual adjuntó a su comunicación; Que, recibida la información por parte de las empresas Enel y Gasnorp, Osinergmin realizó el análisis de los costos para la determinación del monto de las inversiones de los Ductos Pariñas-CT Malacas y del Ducto Talara, existentes a la fecha de interposición de la demanda de Gastalsa, con el objetivo de sustentar su pronunciamiento en el marco del cumplimiento del mandato judicial de la Medida Cautelar otorgada a favor de Gastalsa; Que, sobre la base del principio de transparencia contenido en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, y en cumplimiento de la etapa ii) del Procedimiento corresponde disponer la publicación, en el diario o fi cial El Peruano y en la página Web institucional de Osinergmin, del proyecto de resolución que aprueba la valorización de los ductos existentes a la fecha de la interposición de la demanda de Gastalsa, ubicados en la zona de concesión del distrito de Pariñas; con la fi nalidad de que, en cumplimiento de la etapa iii) del Procedimiento, los interesados puedan emitir sus comentarios; debiendo precisarse que, las opiniones y sugerencias, no tienen carácter vinculante ni dan inicio a un procedimiento administrativo y que las mismas serán analizadas a fi n de acoger las que cumplan con el objetivo de la resolución y del marco legal aplicables; Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 402-2022- GRT y el Informe Legal N° 403-2022-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los cuales, complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2008-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS; y a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 22-2022. SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de resolución mediante el cual se aprueba la valorización de los ductos de gas natural existentes a la fecha de la interposición de la demanda de la Empresa de Gas Talara S.A., ubicados en la zona de concesión del distrito de Pariñas, en cumplimiento del mandato del Juzgado Civil de Talara conjuntamente con los Informes N° 402-2022-GRT y N° 403-2022-GRT, en el portal institucional de Osinergmin (https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx), a fi n de recibir opiniones, comentarios o sugerencias de los interesados. Artículo 2.- Plazo para comentarios Otorgar un plazo de quince (15) días habiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin. gob.pe o a la dirección electrónica: normasgrtdgn@osinergmin.gob.pe indicando en el asunto: Valorización de redes de ductos en la zona de concesión del distrito de Pariñas. La recepción de las opiniones y/o sugerencias estarán a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. Artículo 3.- Análisis de los comentarios Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas la publicación dispuesta en el artículo 1, así como el análisis de las opiniones y/o sugerencias al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 4.- Incorporación de Informes Incorporar el Informe Técnico N° 402-2022-GRT y el Informe Legal N° 403-2022-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 5.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y que sea consignada conjuntamente con los Informes N° 402-2022-GRT y N° 403-2022-GRT en la página web institucional: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo PROYECTO Proyecto que aprueba la valorización de los ductos existentes a la fecha de la interposición de la demanda de la Empresa de Gas Talara S.A. ubicados en la zona de concesión del distrito de Pariñas para dar cumplimiento al mandato del Juzgado Civil de Talara RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° ….-2022-OS/CD Lima, … de ….. de 2022 VISTOS: El Informe Técnico N° …..-2022-GRT elaborado por la División de Gas Natural y el Informe Legal N° ….-2022-GRT elaborado por la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin. CONSIDERANDO: Que, el 11 de mayo del 2011, la empresa de Gas Talara S.A. (“Gastalsa”) presentó una demanda contencioso administrativa contra las Resoluciones Supremas N° 044-2009-EM (“Resolución 044”) y N° 065-2009-EM (“Resolución 065”) recaída en el Expediente Judicial N° 00239-2011-0-3102-JR-CI-01; Que, con fecha 06 de enero de 2022, se noti fi có la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Civil Permanente de Talara de la Corte Superior de Justicia de Sullana (“Juzgado de Talara”) que declaró fundada en parte la demanda de Gastalsa, resolviendo declarar nulas la Resolución 044 y la Resolución 065, y ordenando al Ministerio de Energía y Minas (“Minem”) transferir los ductos existentes en la zona de concesión a Gastalsa, y ordenó a Osinergmin realizar la valorización de los ductos existentes en la zona de concesión del Distrito de Pariñas, provincia de Talara, departamento de Piura; Que, posteriormente Gastalsa solicitó que se dicte una medida cautelar innovativa contra la Dirección General de Hidrocarburos, Osinergmin y el Minem, a efectos de que ordene a los codemandados la valorización y transferencia de los ductos existentes de gas natural, así como el respeto a su condición de concesionario del distrito de Pariñas; y el otorgamiento de la concesión de gas natural del distrito de Pariñas; Que, mediante O fi cio N° 52-2022-JECT-CSJSULL- DF-JV de fecha 02 de febrero de 2022, el Juzgado noti fi có a Osinergmin su decisión de conceder la medida cautelar a favor de Gastalsa y solicitó que se disponga el acto administrativo que corresponda, conforme a lo señalado PROYECTO