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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 125

125 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / El material excavado y no necesario, deberá ser retirado inmediatamente de la zona de la obra, debiendo mantener la mayor limpieza posible. CAPÍTULO IV RELLENO DE ZANJA Y REPOSICIÓN DE LA PISTA Y DE LAS VEREDAS Artículo 28º.- Relleno y compactación.1. Material de relleno.- El relleno deberá realizarse con el material de la excavación y/o de préstamo, extrayéndose y eliminándose, previamente, todo tipo de desperdicios orgánicos e inorgánicos, así como piedras, que por su tamaño impidan una adecuada compactación. Está prohibido el uso de residuos de pavimento o veredas demolidas, para el relleno de la zanja u otro material inapropiado. Asimismo, en el caso de instalación de tuberías de desagüe, se empleará una cama de arena fi na seca, de diez centímetros (10 cm.), de espesor. 2. Compactación del relleno.- El material de relleno será colocado en capas no mayores de treinta centímetros (30cm.) de espesor y humedecidos uniformemente, para luego ser compactados mediante planchas vibratorias hasta alcanzar una densidad no menor al noventa y cinco por ciento (95%) de la determinada por el método Proctor. 3. Afi rmado del relleno.- En la parte superior del relleno, se colocará una capa de a fi rmado granular de veinte centímetros (20 cm.) de espesor compactada al cien por cien (100%). La inspección exigirá de acuerdo al caso, la certi fi cación respectiva (pruebas de compactación del terreno). En los ensayos de compactación de la base granular; el porcentaje de compactación debe ser igual o mayor al cien por cien (100%). 4. Pruebas de compactación del terreno.- Obligatoriamente, se debe extraer una muestra del terreno compactado a partir de los primeros diez metros (10 m.) lineales de compactación, por cada cincuenta metros (50 m.) lineales. Si la obra excediese de los cincuenta metros (50 m.) lineales, se deberá extraer una muestra para cada tramo, entre cincuenta metros (50 m.) lineales o menos, y muestras adicionales a exigencia de la supervisión municipal. Artículo 29º.- Materiales de reposición de la pista y de las veredas. La reposición deberá efectuarse con un material de las mismas características del pavimento original, debiendo respetarse la resistencia y diseño original, salvo indicación diferente señalada en la Autorización Municipal otorgada. En caso de pavimentos fl exibles se considerará asfalto en caliente. El per fi lado de las veredas, deberá efectuarse respetando al diseño de bruña existente. En el caso de la berma, la reposición será del ancho total de la misma, teniendo en cuenta el material que la compone. Artículo 30º.- Super fi cie del parche. Deberá cuidarse que la super fi cie del parche, quede perfectamente enrasada con la del pavimento existente, no debiendo presentar depresiones ni sobre elevaciones. Artículo 31º.- Casos especiales de materiales de reposición de la pista. En los casos donde exista algún tipo de tratamiento especial: losetas, cajas de piedra, baldosas o adoquines de piedra; la reposición debe incluir el acabado con las mismas características que el existente. Artículo 32º.- Especi fi caciones técnicas de la pista y las veredas. 1.- La autorización para trabajos en veredas, que se otorgue por primera vez, admitirá una intervención y reposición del tramo afectado. En caso se requiera una nueva intervención en la misma cuadra, la reposición de la misma cubrirá la sección total del área de la vereda a reparar (ancho del tramo afectado). Entiéndase que la autorización es por cada empresa prestadora de servicios.2.- Los responsables de la ejecución de obras en áreas de uso público, deberán reparar los daños ocasionados, debidamente comprobados durante el proceso de ejecución de obra, de aquellas áreas públicas, que han servido o que han sido utilizadas como estacionamiento para vehículos de carga pesada o maquinaria, áreas de tránsito, maniobra y/o acceso a la propiedad durante la ejecución de la obra, considerándose la aprobación y ejecución de los referidos trabajos, por la autoridad competente, para la emisión del Certi fi cado de Conformidad de Obra, en áreas de uso público. Artículo 33º. - Condiciones Técnicas de Obligatorio Cumplimiento 1.- Pista de Concreto: La losa de concreto tendrá un espesor igual al existente pero no menor de quince centímetros (15 cm.). La calidad del concreto a emplearse será de Fc= 210 a 280 Kg/cm2. El concreto obligatoriamente deberá ser premezclado. Se cuidará que las caras de las juntas, sean rectas y normales a la super fi cie de la base, con el objeto de evitar bordes delgados, que pueden agrietarse o descascararse por efecto del tránsito. Se de fi nirá el parche con una bruña perimetral. Para realizar el vaciado del concreto, se efectuará previamente la limpieza de los bordes del pavimento existentes, y se procederá a humedecerlos con una lechada de cemento. El curado del concreto deberá efectuarse mediante arroceras u otro método aprobado conforme a lo exigido por la inspección. 2.- Pista de Asfalto: La reposición de la carpeta asfáltica, deberá ser con el mismo material del pavimento original. En todos los casos se usará obligatoriamente asfalto caliente, en los pavimentos que son de asfalto. El espesor de la carpeta será de dos pulgadas (2”) como mínimo, y deberá ser colocada en la base de a fi rmado ya compactada, limpia y con un riego previo de imprimación de asfalto líquido RC-250, con el porcentaje de solvente requerido. Posteriormente a la reposición del pavimento, éste será sellado en toda su extensión aplicando sello asfáltico, a fi n de darle mayor durabilidad. En el caso que la canalización subterránea cruce o afecte una calzada nueva o en buena conservación, la reposición fi nal del asfalto, deberá tener un ancho mínimo de cuatro metros lineales (2 metros lineales a cada lado), medidos desde el eje de la canalización, para la cual deberá primero eliminar el asfalto existente, con asfalto en caliente de dos pulgadas (2”) de espesor. 3.- Pista Mixta: La losa de asfalto mixta, consiste en una losa de concreto con super fi cie de rodadura de asfalto. Deberá procederse de igual forma como lo establecido en los puntos anteriores, cuidando de imprimar la base de concreto antes de colocar el asfalto. En el caso de pistas mixtas, la reposición de la carpeta asfáltica deberá tener un ancho mínimo de cuatro metros lineales (2 metros lineales a cada lado) medidos desde el eje de la canalización, para lo cual primero deberá eliminar el asfalto existente con asfalto en caliente de dos pulgadas (2”), sellado encima de la losa de concreto. 4.- Veredas: El concreto utilizado en las veredas, tendrá una resistencia a la comprensión no menor de Fc= 175 Kg/cm2, rico en pasta, y un espesor mínimo de diez centímetros (10 cm). Los paños serán perfectamente defi nidos por las bruñas, que seguirán las líneas de la vereda existente. El mezclado del concreto a vaciar, deberá realizarse de preferencia con máquina mezcladora. De optarse por mezclado manual, deberá ser realizado obligatoriamente en recipiente; en ningún caso, la mezcla se efectuará directamente en el pavimento y/o vereda. 5.- Sardineles: Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones, no se comprometa al sardinel. La calidad del concreto, será de Fc= 175 Kg/cm2. En el caso de sardineles de piedra, deberá tenerse cuidado de conservar el material. Para un sardinel de 15 centímetros (15 cm) de altura libre, su altura total será de cuarenta y cinco céntimos (45 cm) mínimo, su ancho en todo caso, será de quince centímetros (15 cm), y su borde exterior redondeando con un radio mínimo veinticinco