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88 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Rectifican error material contenido en el número de orden 39 del Anexo 01 denominado “Jefes Titulares de ODPE”, de la Resolución Jefatural N° 002085-2022-JN/ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 002362-2022-JN/ONPE Lima, 5 de julio de 2022VISTOS: El Informe Nº 000153-2022-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; así como el Informe Nº 004847-2022-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 2 de octubre de 2022 (en lo sucesivo ERM 2022); Conforme al artículo 24 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (en lo sucesivo ONPE), las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales (en lo sucesivo ODPE) se conforman para cada proceso electoral de acuerdo con las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso. En ese sentido, con la Resolución Jefatural Nº 001721-2022- JN/ONPE, se aprobó la conformación de noventa y tres (93) ODPE para la organización y ejecución de las ERM 2022; Asimismo, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en lo sucesivo LOE), el Jefe de la ONPE designa, mediante concurso público, a los Jefes, funcionarios y Coordinadores de Local de Votación de las ODPE; debiendo previamente, publicar la relación de las personas seleccionadas a fi n de permitir la interposición de tachas a que hubiere lugar; En ese marco normativo, mediante la Resolución Jefatural Nº 002085-2022-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 26 de mayo de 2022, se dispuso la publicación de la relación de postulantes que aprobaron, como titulares y accesitarios, los procesos de selección para cubrir las vacantes de Jefes y Coordinadores Administrativos de noventa y tres (93) ODPE, conformadas en el marco de las ERM 2022, a fi n de permitir la interposición de tachas. La citada Resolución Jefatural tiene cuatro (04) anexos, debiendo precisarse que el Anexo 01, contiene la lista de Jefes Titulares de ODPE, donde consta en el número de orden 39, la señora Fiorella Maritza Jiménez Aguilar; A través del Informe de vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR) informa que se ha incurrido en error material en el número de orden 39 del Anexo 01 citado, al omitirse, el apellido de casada de la señora Fiorella Maritza Jiménez Aguilar, tal y como fi gura en su respectivo DNI1, siendo el nombre correcto: Fiorella Maritza Jiménez Aguilar de Betalleluz; La recti fi cación de errores materiales, se encuentra contemplada en el artículo 212 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la LPAG), disponiendo que los mismos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de la decisión, y se realiza adoptando las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponde al acto original; Asimismo, el Artículo 6 de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, establece que la rectificación de errores materiales contenidos en leyes y normas de menor jerarquía publicadas en el Diario Oficial El Peruano, se realizan mediante fe de erratas, debiendo solicitarse la rectificación dentro del plazo de ocho días hábiles de la publicación original. De no publicarse la fe de erratas en el plazo señalado, la rectificación sólo procede mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. En el presente caso, nos encontramos en el segundo supuesto acotado, al haberse superado el plazo señalado en la Ley Nº 26889, por lo que corresponde la expedición de una resolución de rango equivalente que disponga la rectificación correspondiente; En virtud a lo señalado, se aprecia que la omisión contenida en el número de orden 39 del Anexo 01 de la Resolución Jefatural Nº 002085-2022-JN/ONPE, cali fi ca como error material por cuanto no altera lo sustancial de su contenido, debiéndose emitirse la resolución jefatural correspondiente y publicitar la recti fi cación por los medios contenidos en el Artículo Tercero de la resolución acotada, de acuerdo con el numeral 212.2 del Artículo 212 del TUO de la LPAG; De conformidad con las disposiciones normativas citadas; y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, así como el literal y) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Secretaría General, Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectifíquese el error material contenido en el número de orden 39 del Anexo 01 denominado “Jefes Titulares de ODPE”, de la Resolución Jefatural Nº 002085-2022-JN/ONPE, de acuerdo al siguiente detalle: DICE: N° DNI APELLIDOS NOMBRES 39 70439547 JIMENEZ AGUILAR FIORELLA MARITZA DEBE DECIR: N° DNI APELLIDOS NOMBRES 39 70439547JIMENEZ AGUILAR DE BETALLELUZFIORELLA MARITZA Artículo Segundo .- Publíquese la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”, en el portal institucional, www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, publíquese y comuníquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1 Anexa consulta realizada en RENIEC. 2083354-1