Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2022 (10/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web. Apartado 16.3 “La entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v del literal m) del numeral 16.1 del presente artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo”; Que, se debe mencionar que el artículo 6º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, nos menciona lo siguiente: “La o fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el proceso presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados. Por su parte el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público ha dispuesto que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de pliegos o de entidades que no constituyen pliego presupuestario, es así como las trasferencias fi nancieras que se puedan efectuar durante la ejecución, se autorizan y se regulan en las leyes anuales del presupuesto del Sector Público. Que, de acuerdo con los “Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestales para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2022” de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria, así como sus anexos, modelos, fi cha y otras disposiciones” en el ítem 7 se dispone lo siguiente: 7.1. Las entidades que realicen modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, autorizadas en el marco de la normativa vigente, con la fi nalidad de efectuar transferencias fi nancieras y de partidas, deberán habilitar la genérica “Donaciones y Transferencias” de Gasto de Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder. 7.2. En el caso de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar actividades de transferencias fi nancieras, la O fi cina de Presupuesto de la entidad deberá ́ cumplir y/o veri fi car lo siguiente: a) Registrar la información sobre los convenios y adendas que sustente la transferencia fi nanciera en el Módulo de información de convenios, siempre que la normativa vigente incluya como requisito la suscripción de un convenio previamente. El registro deberá ́ de ser efectuado antes del envío de la solicitud según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes Lineamientos, b) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a fi nanciar y la entidad que recibirá ́ los recursos, c) Para los casos en que la transferencia se efectúa para habilitar la misma inversión que es materia de anulación, el monto máximo a ser anulado por inversión será ́ igual a la programación de ejecución fi nanciera registrada en el Formato No 12-B, d) Veri fi car la emisión de Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo Municipal que autoriza la transferencia fi nanciera, según corresponda, en el caso de transferencias entre gobiernos subnacionales y de estos al Gobierno Nacional, e) Remitir el informe de opinión favorable emitida por la OPMI o la O fi cina de Presupuesto de la entidad, conforme a lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los presentes Lineamientos, de corresponder, f) En todos los casos, la OPMI deberá ́ verifi car que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferirá ́ los recursos cuente con las competencias correspondientes para su ejecución. Que, mediante O fi cio Nº 215-2022-MDP-A, de fecha 06 de junio del 2022, emitido por el alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, Guido Manuel Rojas Hernández, alcanza el expediente técnico de la II Etapa del proyecto denominado: Creación del servicio de agua potable y tratamiento sanitario de excretas en la localidad Santa Rosa II Etapa, del distrito de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura, por un monto actualizado de S/. 2´639,209.91 (Dos millones seiscientos treinta y nueve mil doscientos nueve con 91/100 soles), así mismo se adjuntan los siguientes documentos: a) Resolución de Alcaldía Nº 147-2022-MDP-A, de fecha 12 de mayo del 2022, mediante la cual se resuelve APROBAR el expediente técnico del proyecto denominado: “Creación del servicio de agua potable y tratamiento sanitario de excretas en la localidad Santa Rosa II Etapa, del distrito de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura”, cuyo ejercicio presupuestario para ejecución de obra asciende a la suma de S/. 2´507,560.57 (Dos Millones quinientos siete mil quinientos sesenta con 57/100 soles), incluidos los impuestos de ley y ejecutado bajo la modalidad presupuestaria de administración indirecta (contrata) y con un tiempo de ejecución de ciento veinte días (120) días calendarios. b) Acuerdo de Concejo Municipal Nº 039-2022-MDP, de fecha 20 de mayo del 2022, mediante el cual se acuerda AUTORIZAR al Ing. Guido Manuel Rojas Hernández, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pacaipampa, realizar las acciones correspondientes para el fi nanciamiento del proyecto denominado: “Creación del servicio de agua potable y tratamiento sanitario de excretas en la localidad Santa Rosa II Etapa, del distrito de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura”, por un monto actualizado de S/. 2´507,560.57 (Dos Millones quinientos siete mil quinientos sesenta con 57/100 soles) y suscribir el convenio de para el fi nanciamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). c) Acta de libre disponibilidad del terreno para la ejecución del proyecto, emitida por el Presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento, Sr. Francisco Falla López, quien declara que el terreno donde se ha previsto desarrollar el proyecto: “Creación del servicio de agua potable y tratamiento sanitario de excretas en la localidad Santa Rosa II Etapa, del distrito de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura”, se encuentra dentro de los dominios públicos que administra la comisión, acreditándose la libre disponibilidad del terreno para la ejecución del proyecto antes mencionado. Suscriben la presente el Sr. Francisco Falla López, presidente de la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento del Centro Poblado Santa Rosa, el Sr. Segundo López Córdova, alcalde de la Municipalidad de Centro Poblado Santa Rosa y el Sr. Guido Castillo Arriola, Teniente de Ronda de la Comunidad Campesina Santa Rosa – Pacaipampa, d) Memoria Descriptiva del proyecto: “Creación del servicio de agua potable y tratamiento sanitario de excretas en la localidad Santa Rosa II Etapa, del distrito de Pacaipampa, provincia de Ayabaca, departamento de Piura”, la misma que consta de 14 fojas en el expediente administrativo; Que, con Informe Nº 125-2022/GRP-410000, de fecha 14 de junio del 2022, se emite Opinión Técnica respecto a la propuesta de modi fi cación presupuestaria Transferencia Financiera a Gobiernos Locales, la misma que concluye en lo siguiente: a) De la evaluación de la información alcanzada por los Gobiernos Locales se encuentran seis inversiones a la espera de su transferencia fi nanciera por el monto de S/. 14´137,817.00 las mismas que han sido priorizadas por la Alta Dirección. b) Se plantea una propuesta de modi fi cación presupuestal por el monto de S/. 14´137,817.00 en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022 y Directiva Nº 002-2021-EF/50.01, con cargo a los saldos de libre disponibilidad detallados en el presente informe, conforme al siguiente detalle: ÍTEM CÓDIGO NOMBRE ANULACIÓN CRÉDITO 1 2378135Mejoramiento de la Ruta de- partamental PI 127, distritos de Catacaos, La Arena, La Unión y Vice, provincias de Piura y Sechura, departa-mento de Piura. 14´137,817.00 2 5002350Transferencias fi nancieras a Gobiernos Locales.14´137,817.00 TOTAL 14´137,817.00 14´137,817.00