Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / relacionados contenidos en el Plan Nacional de Control del año correspondiente; la revisión, validación y remisión de los proyectos de los Planes Anuales de Control de los OCI, vía SCG Web, por parte de las unidades orgánicas de línea y órganos desconcentrados bajo cuyo ámbito de control se encuentra la entidad a la que pertenece el respectivo OCI; así también la revisión selectiva y consolidación de los mismos por parte de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, la cual efectúa la sustentación ante la Gerencia de Modernización y Planeamiento para el trámite de aprobación; Que, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, mediante la Hoja Informativa N° 000315-2022-CG/PLPREPI, pone en conocimiento de la Gerencia de Modernización y Planeamiento que los OCI de las entidades han registrado sus proyectos de Plan Anual de Control 2022 en el SCG Web y los han remitido a las unidades orgánicas de línea y órganos desconcentrados de los cuales dependen, quienes en el marco de sus funciones revisaron dichos proyectos y luego de encontrarlos conformes procedieron a validarlos y remitirlos a través del referido sistema a la citada Subgerencia, la cual ha efectuado la revisión selectiva de los mismos, encontrando que los Planes Anuales de Control de un total de seiscientos sesenta y dos (662) OCI se encuentran expeditos para continuar con su trámite de aprobación; es así que a través del Memorando N° 000322-2022-CG/GMPL, la Gerencia de Modernización y Planeamiento eleva la propuesta de aprobación de los citados proyectos de Planes Anuales de Control; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000361-2022-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000298-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que apruebe los Planes Anuales de Control 2022 de seiscientos sesenta y dos (662) OCI, atendiendo a la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, mediante Hoja lnformativa N° 000315-2022-CG/PLPREPI y el Memorando N° 000322-2022-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2022 de seiscientos sesenta y dos (662) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, las mismas que se encuentran sujetas a control por parte del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Disponer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de las entidades cuyos Planes Anuales de Control se aprueban por la presente Resolución, se encarguen de supervisar su ejecución. Artículo 3.- Establecer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, son responsables del cumplimiento total de las metas establecidas en el Plan Nacional de Control 2022. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2086576-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0306-2022 Arequipa, 5 de julio de 2022.VISTOS: El O fi cio Nº 513-2022-OUPL-UNSA, de la O fi cina Universitaria de Planeamiento, mediante el cual remite la propuesta del nuevo Reglamento de Organización y Funciones-ROF y Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa y el O fi cio Nº 194-2022-ODO-DIGA, de la O fi cina de Desarrollo Organizacional de la Dirección General de Administración. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria se rige por su respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, en la Ley Universitaria Nº 30220 y en la demás normativa vigente. Que, según el artículo 8º de la misma Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º incisos 1 y 2 del Estatuto Universitario, referente a la autonomía universitaria, establece que dicha autonomía se mani fi esta entre otros: “8.1 Normativo, que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas, estatuto y reglamentos destinados a regular la institución universitaria”; y 8.2 De Gobierno, que implica la potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria con atención a su naturaleza, característica y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo (…)”. Que, asimismo, el artículo 6º del Estatuto Universitario, referente a los fi nes de la Universidad, señala que: “Son funciones de la Universidad 6.8. Establecer un sistema de gestión administrativa e fi ciente (…)”. Que, de otro lado, conforme al artículo 59º de la citada Ley Universitaria Nº 30220, concordante con el artículo 151.1 del artículo 151º del Estatuto Universitario, “El Consejo Universitario tiene entre sus funciones, la de 59.1 Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 339-2022-R de fecha 26 de mayo de 2022, emitido por la autoridad rectoral, se solicitó al Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU la revisión e informe de opinión técnica previa de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, contenido en el O fi cio Nº 513-2022-OUPL-UNSA. Que, por O fi cio Nº 00636-2022-MINEDU/VMGP- DIGESU de fecha 01 de junio de 2022, emitido por Director General Dirección General de Educación Superior Universitaria se hace llegar el Informe Nº 077-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, mediante el cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, concluye que la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU y recomienda remitir dicho informe a la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para que prosiga con el trámite respectivo.