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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia, en virtud al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, a la nueva estructura orgánica y organigrama aprobado con Ordenanza Nº 000403-2019-MDI, y demás normas de carácter vinculante; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Publicidad El presente Decreto de Alcaldía será publicado en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, el presente Decreto de Alcaldía y el Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia (www.muniindependencia.gob.pe). Artículo Cuarto.- Vigencia El presente Decreto de Alcaldía, y las partes que lo integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la forma establecida en el artículo precedente. Artículo Quinto.- Implementación Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Tecnologías de la Información, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y demás órganos y unidades orgánicas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, según el ámbito de sus funciones. Regístrese, publíquese y cúmplase.YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2085973-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 06/2022-MDL Lurigancho, 6 de julio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, el día jueves 28 DE JULIO del año 2022, se celebrara el 201º ANIVERSARIO de la INDEPENDENCIA DEL PERU. Que, de conformidad al Artículo 49º de la Constitución Política del Estado, es símbolo patrio la Bandera de tres franjas verticales con los colores rojo, blanco y rojo; Que, en ocasión de celebrar las festividades cívicas, la normatividad municipal establece embanderar los inmuebles públicos y privados en señal de reconocimiento pleno al Símbolo Patrio, para rea fi rmar y fomentar entre los vecinos de la jurisdicción los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el civismo, respeto y amor a la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos y promover la identidad nacional, así como crear conciencia cívica a través de la realización de actividades como el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas de todos los inmuebles del distrito, las mismas que redundaran en el mejoramiento del ornato local; y, Estando a mérito de lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, inciso 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO, desde el viernes 15 DE JULIO hasta el día domingo 31 DE JULIO del año 2022, con ocasión de celebrarse los 201º ANIVERSARIO DE LA INDEPENDENCIA DEL PERU, recomendándose la limpieza y/o pintado de las fachadas de los inmuebles público y privado de la jurisdicción. Artículo Segundo.- APLICAR LAS SANCIONES RESPECTIVAS, a partir del viernes 15 de julio del año 2022, a quienes incumplan con lo dispuesto en el primer artículo del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, para que a través de la Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Tributaria, adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento con el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones públicas la difusión del presente dispositivo y a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2086734-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2022/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 11 de julio del 2022 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el artículo 49º de la Constitución Política establece que la bandera es uno de los símbolos del Perú. Que, el artículo 194º de la Constitución Política señala que las municipalidades son los órganos de gobierno local y como tales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es rati fi cado en el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno; administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionar los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal. Que, el 28 de julio de este año se celebra el 201° aniversario de la Independencia del Perú.