Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2022 (15/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 15 de julio de 2022 El Peruano / de la COVID-19 en nuestro país, por un plazo de 180 días calendario contados a partir del 2 de marzo de 2022; Que, que en la actualidad aún nos encontramos en un contexto de pandemia, saliendo en la actualidad, de la denominada “tercera ola”, que afectó considerablemente la salud y economía de los ciudadanos, sin tener aún fecha cierta para el término de la misma, con actividades comerciales que se van reactivando paulatinamente; Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, otorgando bene fi cios para la regularización voluntaria de sus deudas, cuya inobservancia implica la comisión de infracciones tributarias, y con el fi n de lograr la e fi ciencia en la recaudación tributaria, deviene justi fi cado conceder bene fi cios tributarios, que nos permitan cumplir con las metas establecidas, lo cual contribuye al sostenimiento de la administración municipal y continuar con las mejoras en los servicios que se prestan en el distrito, por lo tanto, se ha evaluado el estado situacional y económico de los contribuyentes y por consiguiente se hace necesario desarrollar normas que otorguen los bene fi cios y facilidades de pago a los ciudadanos que no han podido cumplir con su obligación tributaria, especialmente si se tiene en cuenta el impacto económico-social que ha generado la pandemia producida por la COVID-19 y que, pese a las medidas adoptadas por el Gobierno Central, continúa causando estragos en la economía de los contribuyentes, así como la inestabilidad nacional, producida por dicha enfermedad, entre otros aspectos político, sociales y económicos como el alza de los combustibles, el dólar y otros; Que, mediante Informe Nº 015-2022-MDSMM/ GATF, de fecha 01 de junio de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización, remite el “Proyecto de Ordenanza que Establece Bene fi cios para el Pago de Deudas Tributarias Vencidas a los Contribuyentes del Distrito de Santa María del Mar”, para su aprobación, señalando que es de opinión que dada la difícil situación económica por la que viene atravesando la población a consecuencia de la propagación del COVID-19, y con la fi nalidad de promover mecanismos que faciliten el pago de obligaciones tributarias a través de incentivos que permitan la captación de recursos para el mejoramiento de la prestación de los servicios a la comunidad, considera que es necesario tomar acciones en referencia al tratamiento de los tributos municipales, toda vez que como unidad orgánica encargada de la gestión de la recaudación tributaria, debe promover y sumar esfuerzos a fi n de brindar la asistencia tributaria necesaria a los contribuyentes para reducir las consecuencias económicas de la actual coyuntura; Que, con Informe Nº 042-2022-MDSMM/GAJ, de fecha 28 de junio de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que luego de la revisión y análisis legal del “Proyecto de Ordenanza que Establece Bene fi cios para el Pago de Deudas Tributarias Vencidas a los Contribuyentes del Distrito de Santa María del Mar”, la misma ha sido elaborado conforme a las normas tributarias, respetando en todo momento la Base Constitucional y el Principio de Legalidad, ante ello opina por la procedencia del referido Proyecto de Ordenanza, el cual deberá ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS VENCIDAS A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo 1º.- DEL OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es establecer un régimen excepcional de bene fi cios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes registrados en la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar para el pago de sus obligaciones tributarias. Artículo 2º.- DEL ALCANCE La presente Ordenanza establece el régimen de incentivos y bene fi cios tributarios para el pago de los tributos municipales, aplicable a todos los contribuyentes que tengan obligaciones tributarias en cualquier estado de la cobranza (ordinaria y/o coactiva). Artículo 3º.- DE LOS REQUISITOS Para acogerse a los bene fi cios tributarios regulados por la presente Ordenanza, el contribuyente deberá cancelar o haber cancelado el total del Impuesto Predial del año corriente (2022) o del último año afecto al tributo. Artículo 4º.- DE LOS BENEFICIOS POR PAGO AL CONTADO Los contribuyentes del distrito que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 3º, podrán acogerse a los siguientes bene fi cios respecto de sus obligaciones tributarias por pagar: AÑOSPORCENTAJES DE CONDONACIÓN PARA EL PAGO AL CONTADO MONTO INSOLUTO INTERES MORATORIOMULTA TRIBUTARIADERECHO DE EMISIÓNCOSTAS Y GASTOS IMPUESTO PREDIALARBITRIOS MUNICIPALES 2022 0% 0% 100% 100% 0% 100%2021 al 20150% 20% 100% 100% 100% 100% 2014 y años anteriores0% 100% 100% 100% 100% 100% Artículo 5º.- DE LOS BENEFICIOS POR PAGO FRACCIONADO Los contribuyentes del distrito que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 3º y que cuenten con deudas anteriores al presente ejercicio, podrán suscribir un fraccionamiento por la totalidad de su deuda, el mismo que tendrá los siguientes bene fi cios: PORCENTAJES DE CONDONACIÓN PARA EL PAGO FRACCIONADO MONTO INSOLUTOINTERES MORATORIOMULTA TRIBUTARIADERECHO DE EMISIÓNCOSTAS Y GASTOSIMPUESTO PREDIALARBITRIOS MUNICIPALES 0% 20% 100% 100% 100% 100% El convenio de fraccionamiento se deberá realizar de acuerdo a los términos establecidos en la Ordenanza Nº 305-2020-MDSMM “Ordenanza que aprueba el Régimen de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias a favor de los contribuyentes del distrito de Santa María del Mar”.