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33 NORMAS LEGALES Sábado 23 de julio de 2022 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Israel - Ministerio de Defensa Concerniente a Cooperación Industrial en Materia de Defensa e Interior DECRETO SUPREMO Nº 046-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Israel – Ministerio de Defensa Concerniente a Cooperación Industrial en Materia de Defensa e Interior” suscrito el 16 de julio de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú, y el 21 de julio de 2008, en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, fue aprobado por Resolución Legislativa Nº 31374 del 14 de diciembre de 2021; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado tratado; Estando al Informe (TRA) Nº 014-2009; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Israel – Ministerio de Defensa Concerniente a Cooperación Industrial en Materia de Defensa e Interior” suscrito el 16 de julio de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú, y el 21 de julio de 2008, en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, y aprobado por Resolución Legislativa Nº 31374 del 14 de diciembre de 2021. Artículo 2º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del referido Memorándum de Entendimiento y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2089458-3 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Malasia, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Brunei Darussalam RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2022-RE Lima, 22 de julio de 2022VISTOS: La Hoja de Trámite (GAC) Nº 2347 del Despacho Viceministerial, de 12 de julio de 2022; y el Memorándum (PRO) Nº PRO00538/2022 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 8 de julio de 2022; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 182-2021- RE, de 28 de diciembre de 2021, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Malasia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ricardo Estanislao Morote Canales; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0652- 2021-RE, se fi jó el 1 de enero de 2022 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Malasia; Que, mediante Nota Verbal KL: 101/2022, de 8 de julio de 2022, el Alto Comisionado de Brunei Darussalam en Malasia informó que su gobierno otorgó el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ricardo Estanislao Morote Canales para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Brunei Darussalam, con residencia en Kuala Lumpur, Malasia; Que, en el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Malasia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Ricardo Estanislao Morote Canales, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante Brunei Darussalam, con residencia en Kuala Lumpur, Malasia. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2089456-7 Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0446-2022-RE Lima, 20 de julio de 2022 VISTOS: El memorándum (DGM) Nº DGM00871/2022 de la Dirección General de Asuntos Multilaterales y Globales, de 8 de julio de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) Nº