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185 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / sólidos y Parques y Jardines para el ejercicio fi scal 2021 por los meses que dure el cierre. La solicitud presentada para el otorgamiento de los bene fi cios señalados en los puntos a) y b) de la presente disposición complementaria, se entenderá como una declaración jurada sujeta a las disposiciones señaladas en el artículo 32º de la Ley Nº 27444 de la Ley de Procedimiento Administrativo General y otras normas pertinentes, sin perjuicio de ello, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria a discrecionalidad queda facultada para realizar una fi scalización posterior. Quinta.- La condonación de los intereses moratorios que otorga la presente Ordenanza no aplica para el ejercicio fi scal 2022. Sexta.- Excepcionalmente otórguese un descuento del 25% en el arbitrio del serenazgo a los predios con uso distinto a casa habitación que se hayan incrementado en más de un 100% , debido a la pérdida del tope de incremento o subvención contemplada en los diferentes regímenes de arbitrios, producto de la actualización de su declaración jurada voluntaria o en un proceso de fi scalización tributaria, referido al área del predio, uso, u otro que haya tenido incidencia en la determinación del arbitrio de serenazgo. Este bene fi cio también será aplicable a la deuda generada con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza y se hará extensible para el ejercicio 2022. El otorgamiento del presente bene fi cio es discrecional de parte de la Gerencia de Administración Tributaria. Para acogerse a dicho bene fi cio, deberá solicitarlo por escrito vía tramite documentario. Sétima.- Excepcionalmente, todo contribuyente del Distrito que haya cumplido con regularizar sus obligaciones formales y sustanciales, presentado y/o recti fi cando su declaración jurada de predios respectiva ante la administración tributaria , o cuyo predio fue fi scalizado , antes de la vigencia de la presente Ordenanza y como resultado de los mencionados procedimientos , se generó deuda por Impuesto Predial, arbitrios Municipales y/o multas tributarias, la cual continua en estado pendiente , se le otorgara los incentivos señalados en el artículo 3° y lo dispuesto en la cuarta y sexta disposición fi nal y complementaria según corresponda. Octava.- Otorgar a los contribuyentes respecto a la deuda tributaria 2022 los siguientes incentivos y fl exibilidades por pago anual al contado: a) Descuento del 10% en los Arbitrios Municipales no vencidos del ejercicio 2022, siempre y cuando cumplan con el pago total anual incluyendo el pago de los Arbitrios Municipales 2022 vencidos e Impuesto Predial 2021 anual. b) Si se cancelará sólo de manera total anual los Arbitrios Municipales 2022 podrá acceder el contribuyente a un descuento del 7 % de los Arbitrios Municipales no vencidos del ejercicio 2022, siempre y cuando cumpla con cancelar el pago de los Arbitrios vencidos por dicho tributo. Novena.- De forma excepcional para los contribuyentes que registren más de un expediente coactivo por deuda de materia tributaria y cancelen el total de sus deudas coactivas vinculadas a los expedientes coactivos a pagar, se les condonará las costas generadas a partir del segundo expediente, debiendo pagar solamente las costas del expediente más antiguo. En caso existan contribuyentes que registren deuda solo por costas y que no estén vinculadas a expediente coactivo tributario alguno, se condonará las mismas. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano hasta el 31 de agosto del 2022. Décima.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante decreto de alcaldía prorrogue la vigencia de la presente norma o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicación. Décimo Primero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Ejecutoria Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria y los demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Décima Segundo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional www.munibarranco.gob.pe. Décimo Tercero.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde 2072940-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Autorizan viaje de Alcalde y regidoras para participar en el Evento Internacional “Encuentro de Alcaldes de Pueblos Turísticos del Mundo”, a realizarse en el distrito de Ollantaytambo - Cuzco ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2022/MLV La Victoria, 29 de abril de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: en sesión ordinaria virtual de Concejo del 29 de abril de 2022, el dictamen conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º y sus modi fi catorias, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala, que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, a través del O fi cio Nº261-2022-A-, la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, invita a la Municipalidad de La Victoria a participar al Evento Internacional “Encuentro de Alcaldes de Pueblos Turísticos del Mundo”, con la fi nalidad de intercambiar conocimientos y experiencias en al ámbito municipal, desarrollo económico, desarrollo urbano y otros aspectos de utilidad, el encuentro se llevará a cabo del 1 al 5 de junio de 2022; Que, mediante Informe Nº058-2022-GDSM/MLV la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer, consideran necesaria la participación del señor Alcalde y funcionarios de la entidad, toda vez que generaría un impacto positivo en bene fi cio de ambos distritos corporativos; Que, a través del Informe Nº196-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de manera favorable respecto a la participación del señor Alcalde y dos regidoras de la entidad al Evento Internacional “Encuentro de Alcalde de Pueblos Turísticos del Mundo”, desde el 1 al 5 de junio de 2022, toda vez que el indicado evento resulta de interés institucional; Asimismo, se toma conocimiento que el teniente alcalde Carlos Gustavo Ballón Lavagna tiene una solicitud de licencia por motivos personales, y teniendo presente