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187 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / solicitudes de ampliación de plazo y otras modi fi caciones contractuales de conformidad con lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente y del Reglamento y Organización y Funciones (ROF) vigente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. 9. Aprobar las ofertas que superen el valor estimado de los procesos de selección hasta el límite previsto en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente, previa certifi cación de crédito presupuestario correspondiente. 10. Suscribir contratos de ejecución de obras, consultorías, como Addendas, prórroga, renovación que se deriven de las mismas y resolver cualquier controversia en cuanto a la ejecución de los referidos contratos, conformidad con lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente y del Reglamento y Organización y Funciones (ROF) vigente de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. 11. Designar al Comité de Recepción de Obras, así como aprobar la liquidación técnica y fi nanciera de obra y consultoría de obra, conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 12. Designar al Inspector de obras, de acuerdo a lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 13. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna. 14. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y fi nancieros de la Corporación Municipal y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o por contrata. 15. Resolver procedimientos y/o actos de administración que hayan sido emitidos sin cumplir los procedimientos que corresponden en primera instancia, declarando nulo o sin efecto. 16. Aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Ejercicio Presupuestario, incluido sus anexos a propuesta y previa opinión favorable de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, así como aquellas que se requieran en el período de regularización; asimismo, adicionales y deductivos de obras ejecutadas en la modalidad de Administración Presupuestaria Directa. 17. Suscribir toda documentación pertinente ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos para saneamiento físico legal de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad. 18. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio de Serenazgo y la Policía Nacional del Perú. 19. Conformar órganos colegiados de carácter técnico administrativo y de gestión. 20. Aprobar o disponer la reconstrucción de los expedientes administrativos y declarar su reconstrucción o imposibilidad. 21. Celebrar los Actos, Contratos y Convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 22. Suscribir el Formato de Declaración Jurada (D100- Anexo 9.2) a la Unidad Central de Focalización - UCF. 23. Instruir y resolver todo lo relacionado a la conformación de los comités de gestión y la ejecución de obras comunales. 24. Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en nombre y representación de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, con atribuciones especí fi cas su fi cientes pueda participar en conciliaciones y suscribir los acuerdos en el ámbito extrajudicial, en salvaguarda de los intereses de la Entidad y dentro de los parámetros establecidos por el Sistema de Defensa Jurídica del Estado. Artículo Segundo.- El cumplimiento de la delegación de facultades descrita en el artículo primero, de la presente Resolución, deberá efectuarse en el marco de las normas legales vigentes, y las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, respecto de cada caso concreto. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 518-2022-A/MDSJL, de fecha 04 de mayo del 2022, y todo acto administrativo o de administración que se contraponga o limite la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Plani fi cación, hacer de conocimiento la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Quinto.- Disponer a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen su publicación en el Portal Institucional (web.munisjl.gob.pe) Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 2072385-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Declaran como vía de circulación restringida la Av. Cuzco - Mi Perú - Callao, en el tramo comprendido entre la Av. Víctor Raúl Haya de la Torre y la Av. Trujillo, para el tránsito de vehículos de carga pesada con peso seco mayores a los 3,500 kg DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2022-DA/MPC Callao, 23 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, en sus artículos 194º y 195º establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece la organización, competencia y funciones de los Gobiernos Locales dentro de su jurisdicción, señalando en su artículo 81º la competencia de las Municipalidades Provinciales en materia de tránsito y viabilidad, entre otros, teniendo entre sus funciones, la de regular el transporte de carga e identi fi car las vías y rutas establecidas para tal objeto en su jurisdicción; Que, los incisos 1) y 32) del artículo 20º de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades, establece entre las atribuciones del Alcalde, la de defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos, así como, atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales, además el inciso 6) establece la atribución de dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, el artículo 17 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre – Ley N° 27181, dispone que las Municipalidades Provinciales en sus respectivas jurisdicciones y de conformidad con la leyes y reglamentos nacionales, tienen competencia normativa, de gestión y de fi scalización en materia de transporte y tránsito terrestre, estando dentro de dichas competencias, la de declarar en el ámbito de su jurisdicción, las áreas o vías saturadas por concepto de congestión vehicular o contaminación,