Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (01/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 186

186 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / autorización de viaje a la regidora Lorelei Brunella Morales Gómez, corresponde encargar al siguiente regidor hábil el despacho de alcaldía; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 9º y 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto por unanimidad de los regidores asistentes a la sesión ordinaria virtual de Concejo del 29 de abril de 2022. SE ACUERDA:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Alcalde Luis Alberto Gutiérrez Salvatierra y de las regidoras Lorelei Brunella Morales Gómez y Gissely Álvarez Aguilar, del 1 al 5 de junio de 2022, para participar en el Evento Internacional “Encuentro de Alcaldes de Pueblos Turísticos del Mundo” a realizarse en el distrito de Ollantaytambo – Cuzco, conforme el siguiente cuadro: Funcionario/Servidor PúblicoPasajes aéreos según el Informe Nº 1459-2022-SGASG- GAF/MLVViáticos del 1 al 5 de junio 2022 según el Informe Nº 071-2022- GAF/MLVMonto Luis Alberto Gutiérrez SalvatierraAlcaldeS/. 743.96 S/. 1, 250.00 S/. 1,993.96 Lorelei Brunella Morales Gómez Regidora*S/. 796.54 S/. 840.00 S/. 1,636.54 Gisselly Alvarez Aguillar RegidoraS/. 692.25 S/. 1, 050.00 S/. 1,742.25 *la autorización del viaje es del 1 al 4 de junio de 2022. Total S/. 5, 372.75 Artículo Segundo.- Encargar al regidor Jorge Enrique Chu Carrillo, el Despacho de Alcaldía del 1 al 5 junio de 2022. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicación del texto del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2072868-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Delegan al Gerente Municipal diversas facultades administrativas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 606-2022-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 25 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: La Resolución de Alcaldía N° 508-2022-A/MDSJL de fecha 03 de mayo del 2022, a través de la cual se designó al señor LUIS ANTONIO TIPACTI PEÑA, en el cargo de con fi anza de Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, numeral 20) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala la atribución del Alcalde, la facultad de delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal; Que, estando a la facultad mencionada en el párrafo anterior, en virtud a las recargadas labores administrativas del despacho de Alcaldía y con el fi n de garantizar los principios administrativos de celeridad y simplicidad para brindar agilidad al aparato administrativo, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 341-2021-A/MDSJL, de fecha 12 de mayo del 2021, se delegaron facultades administrativas al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, por lo que habiéndose designado un nuevo funcionario en dicho cargo, corresponde emitir el acto administrativo que materialice la delegación de facultades al mismo; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 345 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 20 de abril 2017, la Gerencia Municipal es el órgano de dirección de más alto nivel administrativo de la municipalidad distrital, tiene entre otras conducir las actividades administrativas, económicas y fi nancieras de la gestión municipal; asimismo conducir el cumplimiento de las políticas, planes de desarrollo y presupuesto institucional, depende funcional y jerárquicamente del Alcalde; Estando a las facultades conferidas par la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento vigente, contando con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, señor LUIS ANTONIO TIPACTI PEÑA las siguientes facultades administrativas: 1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la municipalidad y sus modi fi caciones, así como efectuar la evaluación semestral del mismo. 2. Aprobar Expedientes Técnicos para la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, ampliaciones de plazo, modi fi caciones del analítico de partidas y otros relacionados a ejecución de Obras. 3. Aprobar Expedientes Administrativos de contratación para la Convocatoria a los diferentes Procesos de Selección que convoque la Entidad, aprobar las Bases de los Procesos de Selección, designar y/o reconformar a los comités de selección conforme lo dispuesto en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente y al ROF vigente de la Municipalidad distrital de San Juan de Lurigancho. 4. Designar los Comités Especiales y permanentes o Ad Hoc que conducirán los procesos de selección para la contratación de bienes, servicios, ejecución y consultoría de obras, en los diversos procesos de selección, conforme a lo prescrito en la Ley y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. 5. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, hasta por el 25% del monto contratado, siempre que se cuente con la asignación presupuestal necesaria, conforme lo prevé la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. 6. Aprobar las propuestas económicas de los postores que superen el valor referencial en los procesos de selección hasta un límite del 10%, siempre que se encuentre con la asignación de recursos su fi cientes, de acuerdo al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. 7. Aprobar la cancelación y/o culminación de los procesos de selección diversos, por las causales previstas en la Ley y el Reglamento de Contrataciones del Estado vigente. Asimismo, adicionales y deductivos de obras, bienes y servicios de acuerdo a la normatividad señalada. 8. Suscribir contratos derivados de los procesos de selección, contratos complementarios y resolver las