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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (08/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de junio de 2022 El Peruano / Constitucional, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 22.- Elección del Presidente, Vicepresidente y duración del cargo (...)Los electos asumen sus cargos dentro de la semana siguiente a su elección”. Artículo Segundo.- Comunicar la presente resolución a los señores Magistrados, a la Secretaría General, a la jefa del Gabinete de Asesores/as Jurisdiccionales, a la Secretaría Relatoría, a la Dirección General de Administración, a las O fi cinas de Gestión y Desarrollo Humano, Tecnologías de la Información, Trámite Documentario y Archivo, Imagen Institucional, a la O fi cina de Logística y al Órgano de Control Institucional. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.AUGUSTO FERRERO COSTA Presidente 2075350-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 476-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Que, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cadas por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968,29053; la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA: SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Artículo 1°.- DE SU APROBACIÓN APROBAR la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa aprobado mediante Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y modi fi caciones, incorporando el Centro de Operaciones de Emergencia Regional - Arequipa, (COER-Arequipa) como órgano consultivo; modi fi car la denominación de la “O fi cina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil” por el de “O fi cina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional” modi fi cando sus funciones; incorporar la Décimo Primera Disposición Complementaria; y modi fi car el Organigrama Estructural, como se establece en el anexo N° 01 y que es parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2°.– EN CUANTO A SU IMPLEMENTACIÓN ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, O fi cina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional, O fi cina Regional de Administración y O fi cina de Recursos Humanos la implementación de la presente Ordenanza Regional, conforme al ámbito de sus competencias. Artículo 3°. – EN CUANTO A SU VIGENCIA ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese a la señora Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los diez días del mes de mayo del 2022. JOSÉ LUIS HANCCO MAMANI Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los tres días del mes de junio del dos mil veintidós. KIMMERLEE KEILY GUTIERREZ CANAHUIRE Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa 2074794-1 Crean la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa ORDENANZA REGIONAL Nº 478-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Que, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 27783- Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cadas por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968,29053; ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA; SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA LA COMISIÓN REGIONAL ANTICORRUPCIÓN DE AREQUIPA Artículo 1°.- CREACIÓN Créase la Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa, como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contrala corrupción en el ámbito de la jurisdicción regional, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 089-2013-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 169- 2021-PCM. Artículo 2°.– CONFORMACIÓN 1.1 La Comisión Regional Anticorrupción de Arequipa está conformada por. a) Gobernador(a) del Gobierno Regional de Arequipa; b) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; c) Presidente del Consejo Regional de Arequipa; d) Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos e) Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Ministerio Público de Arequipa, f) Representante de la Asociación de Municipalidades de la Región Arequipa; g) Prefecto Regional de Arequipa.