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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (10/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / Categorías TarifariasDescripción C Desde 10 001 hasta 100 000 Sm3/mes D Desde 100 001 hasta 900 000 Sm3/mes E1 Desde 900 001 hasta 2 700 000 Sm3/mes E2Consumidor con consumo mayor a 2 700 000 Sm3/ mes Categorías especiales (independiente del consumo mensual) IPPara Instituciones Públicas, tales como hospitales, centro de salud, instituciones educativas, entre otros GNVPara estaciones de servicio y/o gasocentros de gas natural vehicular PescaClientes del tipo estacional durante el año (Ind. Pesquera) GE Para generadores de electricidad Artículo 3.- Modi fi car el Cuadro N° 2 contenido en el Artículo 6 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 2 Tarifas de Distribución Categoría TarifariaRango deMargen de ComercializaciónMargen de Distribución Consumo Fijo Fijo Variable Sm3/Cliente- mesUSD/ mesUSD/(Sm3/ d)-mesUSD/ (Sm3/d)- mesUSD/Mil Sm3 A1 0 m³- 30 m³ 0,60 280,51 A231 m³ - 300 m³0,60 274,79 B301 m³ - 10 000 m³7,55 215,02 C10 001 m³ - 100 000 m³0,0737 0,4917 121,88 D100 001 m³ - 900 000 m³0,0278 0,4370 108,51 E1900 001 m³ - 2 700 000 m³0,4470 2,6020 100,24 E22 700 001 m³ a más0,3940 2,2396 86,58 Categorías Especiales IPInstituciones Públicas0,0737 0,4917 121,88 GNVEspecial GNV0,0727 0,4847 121,19 PescaIndustria Pesquera137,52 GEGenerador Eléctrico0,3960 2,2508 87,02 Artículo 4.- Modi fi car el Cuadro N° 3 contenido en el Artículo 7 de la Resolución N° 047-2022- OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 3 Derecho de Conexión y Factores K CategoríaDerecho de ConexiónFactor K(USD/m3-día) A1 y A2 108,35 9 B 5,27 3 C 2,86 3 D 3,34 3 E1 y E2 1,25 3Categorías Especiales IP 2,86 3 GNV 8,70 3 Pesca 4,62 3 GE 1,53 3 Nota: - Para las categorías A1 y A2 se considera un consumo promedio mensual de 0,5263 m3/d. Artículo 5.- Modi fi car el Cuadro N° 4 contenido en el Artículo 8 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 4 Topes máximos de Acometida para consumidores con consumos menores o iguales a 300 m 3/mes Tipo de MedidorTope Máximo de Acometida en gabinete de uso individual o compartido (USD/ Acometida) Uso IndividualUso Compartido(*) Doble Triple Cuádruple G1.6 (2.5 Sm3/h) 79,56 65,98 60,06 56,47 G4 (6 Sm3/h) 94,76 81,18 75,26 71,67 G6 (10 Sm3/h) 227,45 Nota: No se incluye obras civiles para instalación ni gabinete. (*): los montos señalados corresponden al pago por cada usuario compartido. Artículo 6.- Dejar sin efecto la aplicación del Cuadro N° 5 contenido en el Artículo 8 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD. Artículo 7.- Modi fi car el Cuadro N° 6 contenido en el Artículo 9 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 6 Cargos por Inspección, Supervisión y Habilitación de la Instalación Interna para Consumidores Mayores a 300 m 3/mes CargoClientes ComercialesClientes Industriales y GNV USD USD Inspección 36,89 55,70 Supervisión 47,84 97,37 Habilitación 61,71 252,15 Total 146,44 405,22 Nota. La cali fi cación de las Instalaciones Internas de los clientes, como Comerciales, Industriales o GNV, se hará conforme a lo establecido en las Normas Técnicas NTP 111.011; NTP 111.010 y NTP 111.019 Artículo 8.- Modi fi car el Cuadro N° 7 contenido en el Artículo 10 de la Resolución N° 047-2022-OS/CD, según lo siguiente: Cuadro N° 7 Cargos por Corte Tipo Descripción Categoría USD I Cierre del servicioA (A1 y A2) 4,07 B y IP 4,07 C y GNV 66,38 D y Pesca 66,38