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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (16/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 16 de junio de 2022 El Peruano / 2.7. Así también, se aprecia que, adjunto a la referida carta, se encuentra el Informe Nº 001-2022-JP-DS/PJ, del 5 de abril de 2022, en el cual don Sulpicio Palomino Cayampi, juez de paz no letrado de Sacsamarca, señala lo siguiente: 2.8. En el informe antes citado, el juez de paz no letrado señala haber asistido al domicilio de la señora regidora y no haberla encontrado, para posteriormente ir a una dirección de una piscigranja que sería de propiedad de la aludida autoridad edil, debido a una información conseguida. Finalmente, detalla que el 5 de abril de 2022 volvió a constituirse al domicilio de la señora regidora en el Anexo de Putaccasa, y, al no hallarla, dejó un aviso en su puerta, comunicando que regresaría el 6 del mismo mes y año; así, retornó al lugar señalado en la fecha mencionada, y, al no encontrarla nuevamente, procedió a dejar el documento bajo su puerta. 2.9. Este último hecho incumple lo previsto en el numeral 21.5 del artículo 21 del TUO de la LPAG (ver SN 1.6.), puesto que no obra en autos el aviso en el cual se le habría dejado constancia a la señora regidora del apersonamiento a su dirección a fi n de noti fi carle el acuerdo de concejo que declaraba su vacancia, sino que solamente se menciona este aviso en el informe emitido por don Sulpicio Palomino Cayampi. 2.10. Asimismo, no existe acto posterior que haya convalidado este vicio, ya que la señora regidora no ha interpuesto medio impugnatorio alguno en contra del referido acuerdo de concejo. 2.11. En mérito a lo antes expuesto, se aprecia que en el presente caso existe una tangible vulneración al derecho al debido procedimiento (ver SN 1.1. y 1.4.) al limitar el derecho a la defensa de la señora regidora. 2.12. Debe recordarse que, el acto de noti fi cación es una de las manifestaciones del debido procedimiento, previsto en el numeral 3 del artículo 139 de la Constitución (ver SN 1.1.), concordante con el inciso 1.2. del numeral 1 del