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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / autoriza que los servicios prestados en exclusividad denominados: “Inspección técnica a aeronaves”, “Inspección técnica en ruta en permisos de operación nacionales o internacionales para empresas nacionales”, “Inspección técnica a bases y estaciones de operaciones” e “Inspección técnica a Organizaciones de Mantenimiento Aeronáutico – OMA (talleres de mantenimiento)”, y los procedimientos administrativos: “Aprobación de datos de mantenimiento de reparaciones o alteraciones mayores de aeronaves”, “Certi fi cación de aeródromos”, “Certi fi cación de explotadores para trabajo aéreo”, “Certi fi cación de explotadores de servicios aéreos”, “Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental Semi Detallado (EIAsd) en el Sector Transportes” y “Programa de adecuación y manejo ambiental (PAMA)”, a cargo del MTC, cuenten con derechos de tramitación superiores a una (1) UIT; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas, se fi ja la cuantía de las tasas; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 18 de los Lineamientos, las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando, entre otros, se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; cuando se trate de la modi fi cación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en los que se produzca uno o más de los siguientes supuestos: el incremento de requisitos; aumento del plazo máximo de atención; incremento del monto de derecho de tramitación; un cambio en la cali fi cación, de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos, y, como resultado de un proceso de simpli fi cación administrativa o modernización institucional; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del MTC; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa; el Decreto Legislativo Nº 1203, que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Apruébase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el Anexo Único, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Derechos de tramitación y cuantía de las tasas Apruébase los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Aprobación de Formularios Apruébase los Formularios de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativo –TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo en el diario o fi cial El Peruano, así como la publicación de dicho Decreto Supremo y su Anexo en el Portal del diario o fi cial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) y en el Sistema Único de Trámites (SUT) de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.sut.pcm.gob.pe). Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Disposiciones para los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en trámite Los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto Supremo continúan su trámite conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y normas modi fi catorias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como a sus normas modi fi catorias. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas JUAN MAURO BARRANZUELA QUIROGA Ministro de Transportes y Comunicaciones * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2078386-1 Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2022-MTC/01.02 Lima, 16 de junio de 2022 VISTOS: La Comunicación HLS.0149.22-GG de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. y el Informe N° 0193-