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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (21/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Martes 21 de junio de 2022 El Peruano / Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2079253-1 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 241-2022-CG Lima, 20 de junio de 2022VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000026-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa Nº 000100-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando Nº 000531-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; y, el Memorando Nº 000268-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que las designaciones en el cargo de Jefe de OCI, es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe de OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrán permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) Situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) Renuncia del Jefe del OCI; c) Culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) Razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) Separación de fi nitiva; f) Cese por límite de edad; y, g) Muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000026-2022-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, propone concluir la designación de los colaboradores Luis Antonio Ramírez Soto y Miguel Ángel Aquino Lima, en los cargos de Jefes de OCI de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, respectivamente, designados mediante Resoluciones de Contraloría Nº 073-2018-CG y Nº 026-2020-CG, entidades que se encuentran bajo el ámbito de control de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, por la causal prevista en el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, así como designar en el cargo de Jefe de OCI de diversas entidades a los colaboradores que propone la referida Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral; Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000100-2022- CG/PER, la Subgerencia de Personal y Compensaciones evalúa y sustenta la propuesta de designación de Jefes de OCI, habiendo veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 225-2020-CG, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, mediante el Memorando Nº 000531-2022-CG/ GCH, la Gerencia de Capital Humano remite la Hoja Informativa Nº 000100-2022-CG/PER, la relación fi nal de propuestas para la conclusión de designación y designación de Jefes de OCI, así como la documentación que sustenta la veri fi cación del cumplimiento de requisitos de los colaboradores propuestos para su designación como Jefes de OCI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000268-2022-CG/GJNC, y a lo opinado en la Hoja Informativa Nº 000220-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da termino a la designación y designa a diversos colaboradores en el cargo de Jefes de OCI de entidades bajo el ámbito de control de la Subgerencia de Control del Sector Justicia, Político y Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus