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29 NORMAS LEGALES Martes 28 de junio de 2022 El Peruano / observaciones correspondientes a la Dirección de Gestión y Financiamiento: “(...) - Con los documentos: O fi cio Nº197-2020- SEDALORETO S.A-GG, O fi cio Nº 110-2020-OTASS- DGF, Memorando Nº 0222-2020-OTASS-DGF, se realizó el levantamiento de observación al de Modi fi cación Sustancial de Ficha Técnica para utilización de remanente para adicionar una nueva Ficha Técnica presentada por la EPS SEDALORETO S.A, los mismos que se adjuntan al presente informe. (...)- Respecto al numeral 3.3, en el cual se observa la Adenda Nº 3 al Convenio Nº 014-2017/OTASS-EPS SEDALORETO S.A.; esta fue formulada por la O fi cina de Asesoría Jurídica, por consiguiente, corresponde que el levantamiento de esta observación sea realizado por esta instancia.” Que, mediante Memorando Nº 000143-2021-OTASS- OAJ de fecha 02 de junio de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica evidencia un error material en el Anexo de la Resolución Directoral Nº 037-2020-OTASS/DE y en el Anexo de la Adenda Nº 03 al Convenio Nº 014-2017/OTASS-EPS SEDALORETO S.A. respecto del monto de la Ficha F-04-GO-Y e indica que se procederá a realizar las correcciones o modi fi caciones pertinentes al mismo, previa coordinación con la Dirección de Operaciones, en su condición de coordinador del citado convenio; Que, con Memorando Nº 000279-2021-OTASS-DME de fecha 15 de octubre de 2021, la Dirección de Monitoreo y Evaluación, traslada el Informe Nº 000022-2021-OTASS-DME-IHC, por el cual la Analista de Monitoreo informa respecto al error material advertido en el Anexo de la Resolución Directoral y el Anexo de la Adenda Nº 03 al Convenio Nº 014-2017/OTASS-EPS SEDALORETO S.A. Asimismo, precisa que no se ha realizado el registro de la nueva fi cha técnica F-04-GO-Y, así como tampoco se ha actualizado los montos de las demás fi chas técnicas que conforman el Convenio Nº 014-2017/OTASS-EPS SEDALORETO S.A., debido a las observaciones advertidas; Que, con Memorando Nº 000730-2022-OTASS- DO de fecha 17 de mayo de 2022, la Dirección de Operaciones informa en atención al O fi cio Nº 239-2022- EPS SEDALORETO S.A.-GG mediante la cual la EPS SEDALORETO S.A. señala a través del Informe Nº 033-2022-EPS SEDALORETO S.A.-GPEP que producto de la revisión de metas físicas y fi nancieras de fi chas técnicas que realiza la Dirección de Operaciones se ha evidenciado un error en los saldos en el Sistema O-TRANSFER (Anexo VI) toda vez que, el importe a devolver estaría distorsionado, ya que no se está tomando en cuenta la Resolución Directoral Nº 037-2020-OTASS/DE, lo que no permite realizar una adecuada liquidación de fi chas técnicas; por lo que, en atención a lo señalado por la EPS SEDALORETO S.A. ha identi fi cado que, de acuerdo a los antecedentes referidos en los expedientes 11260-2021 y 5884-2021, existe un error material en la Resolución Nº 037-2020-OTASS/DE y la respectiva adenda. En ese sentido, solicita a la O fi cina de Asesoría Jurídica tomar las acciones correspondientes de los documentos a modi fi car a fi n de que la Dirección de Monitoreo y Evaluación registre los montos correctos referidos en la Resolución y posteriormente esta Dirección realice la actividad de seguimiento y revisión de metas físicas y fi nancieras; Que, a través del Memorando Nº 000225-2022-OTASS- DGF de fecha 30 de mayo de 2022, la Dirección de Gestión y Financiamiento alcanza el Informe Nº 000011-2022-OTASS-DGF-MLD de fecha 27 de mayo de 2022, por el cual concluye indicando que, de la veri fi cación de los montos indicados en cada Ficha consignada en el Anexo de la referida Adenda, como también del Anexo de la Resolución Directoral Nº 037-2020-OTASS/DE, se evidencia un error aritmético en el ítem 25, efectuando la aclaración correspondiente conforme lo citado en el Informe Nº 000011-2022-OTASS-DGF-MLD; Que, con el Informe Legal Nº 000203-2022/OTASS- OAJ de fecha 07 de junio de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que, de conformidad con el análisis realizado se ha evidenciado un error aritmético en la Cláusula Cuarta de la Adenda Nº 03 del Convenio Nº 014-2017/OTASS-EPS SEDALORETO S.A. y su respectivo Anexo, como también en el Anexo de la Resolución Directoral Nº 037-2020-OTASS/DE, por lo que resulta procedente realizar la recti fi cación correspondiente en mérito al numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley 27444; asimismo, a efectos de realizar la recti fi cación de la Adenda y de la Resolución Directoral antes referida, las mismas deben realizarse conforme a las formas y modalidades de publicación que siguieron el acto original; por lo que emite opinión favorable para la emisión de la presente Resolución, en el marco de las competencias atribuidas en la normativa de la materia; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión y Financiamiento, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el TUO del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi cación del Anexo de Resolución Rectifíquese el Anexo de la Resolución Directoral Nº 037-2020-OTASS/DE, correspondiente a la estructura de fi nanciamiento de acciones inmediatas de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto Sociedad Anónima – EPS SEDALORETO S.A., el mismo que queda redactado conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Noti fi cación Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, Dirección de Monitoreo y Evaluación, a la Ofi cina de Administración y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes en el marco de sus competencias. Artículo 3.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese y comuníquese.HECTOR VLADIMIR BARREDA DOMINGUEZ Director Ejecutivo ANEXO ItemCódigo de FichaDescripción de la Ficha/ Nombre de la acción o medidaMONTO TOTAL (S/.) 1F-01-GO-IREPOSICIÓN DE ELECTROBOMBAS DEL SISTEMA DE CAPTACIÓN CAISSON Nº 1 Y Nº 2 1,644,866.00 2F-02-GO-IADQUISICIÓN DE TRANSFORMADOR DE 1000KVA EN LA SALA DE DISTRIBUCIÓN Nº03 DE LA PTAP NUEVA102,542.00 3F-03-GO-IRENOVACIÓN DE EQUIPOS DE BOMBEO EN LAS SALAS DE DISTRIBUCIÓN Nº 02 Y 03 1,585,314.00 4F-05-GO-IHABILITACIÓN DE ENERGÍA ELECTRICA EXISTENTE - RADIAL R-4 DE 10 000 V 20,692.64