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36 NORMAS LEGALES Martes 28 de junio de 2022 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Cesan por límite de edad a Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000064-2022-P-CE-PJ Lima, 23 de junio del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000009-J-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad de la señora Wilda Mercedes Cárdenas Falcón, Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. CONSIDERANDO:Primero. Que el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolución Nº 301-2002-CNM, del 7 de junio de 2002, nombró a la señora Wilda Mercedes Cárdenas Falcón en el cargo de Jueza Especializada de Familia titular de la Corte Superior de Justica de La Libertad; y por Resolución Nº 387-2009- CNM, de fecha 10 de agosto de 2009, fue nombrada en el cargo de Jueza Superior titular de la mencionada Corte Superior. Segundo. Que el cargo de Juez/a termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del O fi cio Nº 000009-J-2022- GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como la fi cha del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, que se adjunta en fotocopia, aparece que la nombrada Jueza nació el 30 de junio de 1952; y que el 30 de junio del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad. Cuarto. Que, asimismo, es menester tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se re fi ere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez/a cumple setenta años. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa Nº 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE:Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 1 de julio del año en curso, a la señora Wilda Mercedes Cárdenas Falcón en el cargo de Jueza Superior titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y otorgarle las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, para las acciones respectivas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de La Libertad, Gerencia General del Poder Judicial; y a la mencionada jueza, para su conocimiento y fi nes consiguientes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2081287-1 Disponen implementar en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral en su segundo tramo Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000249-2022-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2022 VISTOS:El O fi cio Nº 000107-2022-P-ETIIOC-CE-PJ e Informe Nº 000083-2022-ST-ETIIOC-CE-PJ cursados por el señor Héctor Enrique Lama More, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 229-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la conformación de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, a fi n de centralizar y coordinar todas las acciones necesarias para el adecuado funcionamiento del sistema oral a nivel nacional, en materia civil. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 452-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la actualización de la “Matriz de Control de Componentes Mínimos”, para la implementación de la oralidad en los procesos civiles, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 351-2019-CE-PJ, que será tomada en cuenta por las Cortes Superiores de Justicia que propongan incorporarse al modelo de reforma en el área civil, para implementar módulos de litigación oral. Tercero. Que, asimismo, la Resolución Administrativa Nº 374-2019-CE-PJ dispuso la creación del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, el cual se encarga de velar por el correcto funcionamiento de cada componente antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que lo hayan desplegado. Cuarto. Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 310-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el funcionamiento del Primer Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 13 de agosto de 2021; que está conformado por los siguientes órganos jurisdiccionales: 11º Juzgado Civil (Ejecución), 14º Juzgado Civil (Trámite), 23º Juzgado Civil (Trámite), 25º Juzgado Civil (Trámite), 31º Juzgado Civil (Trámite), 32º Juzgado Civil (Trámite), 33º Juzgado Civil (Ejecución), 34º Juzgado Civil (Trámite), Juzgado Civil Transitorio (Ejecución y Descarga); y la 3º Sala Civil (sólo apelaciones de los juzgados citados). Quinto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante O fi cio Nº 000165-2022-P-CSJLI, remitió su plan de implementación actualizado; y solicitó fecha para el inicio de funcionamiento del segundo tramo del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Sexto. Que, con la existencia del Equipo Técnico Distrital se tienen garantizadas las labores de supervisión, evaluación y monitoreo, directamente por la Corte Superior de Justicia de Lima, siguiendo las pautas que a nivel general señala el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Sétimo. Que, respecto a la identi fi cación de los órganos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima, se precisa que la referida Corte Superior ha propuesto la entrada en vigencia del modelo en los siguientes órganos jurisdiccionales: