Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2022 (02/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / la Red Prestacional Sabogal, al guardar concordancia con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y con el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi catorias, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en el que se establece la estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; así como, al encontrarse en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 27056, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-99-TR, y modi fi catorias respectivas; Que, conforme a lo señalado en los literales c) y d) del artículo 8 de la Ley Nº 27056, es competencia de la Presidencia Ejecutiva aprobar la estructura orgánica y funcional de ESSALUD, así como aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y los demás reglamentos internos; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE:1. Modi fi cación del Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal 1.1. MODIFICAR el artículo 6 del Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1139-PE-ESSALUD-2021, en los siguientes términos: “Artículo 6. Estructura Orgánica (...)03. Unidades de Apoyo(...)03.5. O fi cina de Administración (...)03.6. Unidad de Soporte a la Tecnología Médica ” 1.2. MODIFICAR el ANEXO 01 ORGANIGRAMA DE LA RED PRESTACIONAL SABOGAL Y SUS UNIDADES FUNCIONALES del Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1139-PE-ESSALUD-2021, en los términos descritos en el Anexo de la presente Resolución. 1.3. INCORPORAR el artículo 48-A al Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1139-PE-ESSALUD-2021, en los siguientes términos: “Artículo 48-A. Unidad de Soporte a la Tecnología Médica Es la unidad de apoyo encargada de brindar el soporte y la mejora de la gestión de las actividades en torno a la tecnología médica, en coordinación con las IPRESS de la Red Prestacional, con la fi nalidad de impactar de manera positiva en los procesos y procedimientos asistenciales que se brindan a los pacientes depende de la Gerencia de Red Prestacional Sabogal y tiene las siguientes funciones: a) Promover, implementar y evaluar el cumplimiento de las normas, procesos y procedimientos de soporte a la tecnología médica, emitidos por los órganos centrales competentes. b) Monitorear, conforme a la normatividad vigente y en coordinación con las unidades de organización que correspondan, el cumplimiento de la programación asistencial de los tecnólogos médicos aprobada por los Servicios Asistenciales de las IPRESS de la Red Prestacional. c) Consolidar y remitir, a los Servicios Asistenciales de las IPRESS de la Red Prestacional, las necesidades de capacitación y asistencia técnica en investigación de los tecnólogos médicos, en coordinación con la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Investigación y Docencia. d) Realizar el seguimiento de los requerimientos efectuados por los Servicios Asistenciales de las IPRESS de la Red Prestacional para la ejecución de las actividades de tecnología médica, en materia de recursos humanos, bienes y servicios. e) Monitorear los indicadores de gestión y producción, emitidos por los órganos centrales competentes, para las actividades de Tecnología Médica que se desarrollan en los Servicios Asistenciales de las IPRESS de la Red Prestacional. f) Elaborar reportes, informes técnicos e indicadores de gestión de la Unidad, y proponer alternativas de mejora. g) Presentar a su inmediato superior informes periódicos de las actividades desarrolladas por la Unidad, la problemática existente y alternativas de solución o mejora. h) Identi fi car y proponer mejoras en los procesos de atención y sistemas institucionales relacionados con la tecnología médica, en las IPRESS de la Red Prestacional. i) Cumplir con los dispositivos legales vigentes y las normas y procedimientos emitidos por el órgano correspondiente. j) Cumplir las normas del Código de Ética institucional, de transparencia, acceso y protección de la información, de bioseguridad y salud ambiental, del sistema de gestión de calidad, sistema de seguridad y salud en el trabajo y sistema de control interno, en el ámbito de su competencia. k) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Red Prestacional, en el ámbito de su competencia.” 2. MODIFICAR el Anexo A denominado “CARGOS EJECUTIVOS ESTRUCTURALES DE LA RED PRESTACIONAL SABOGAL” , aprobado por el artículo 2, numeral 2.3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 630-PE-ESSALUD-2020 en los siguientes términos: “ANEXO A ESTRUCTURA DE CARGOS JEFATURALES DE LA RED PRESTACIONAL SABOGAL UNIDAD DE ORGANIZACIÓN CARGO NIVEL CANT. (...) Unidad de Soporte a la Tecnología Médica Jefe de Unidad E6 1 (...)” 3. De la implementación de las disposiciones descritas en la presente Resolución 3.1. ENCARGAR al Gerente de la Red Prestacional Sabogal implementar la modi fi cación del Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de publicada la presente Resolución, en coordinación con los órganos involucrados. 3.2. DISPONER que la Gerencia Central de Operaciones supervise el proceso de implementación de las modi fi caciones establecidas en la presente Resolución. 3.4. DISPONER a los órganos centrales la ejecución de los actos de administración interna del ámbito de sus respectivas competencias necesarios para cumplir y evaluar las disposiciones descritas en la presente Resolución, en el marco de la normatividad correspondiente vigente. 4. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial el Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud - ESSALUD (www.essalud.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial el Peruano. 5. DISPONER que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto publique el texto actualizado y concordado del Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Intranet Institucional, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO J.C. DÁVILA HERRERA Presidente Ejecutivo