TEXTO PAGINA: 84
84 NORMAS LEGALES Jueves 3 de marzo de 2022 El Peruano / profesional responsable, en el que se debe consignar la información necesaria al procedimiento que se requiere iniciar. b) Documento de Propiedad.- Copia simple de Título de Propiedad, de ser el caso vigencia de poder o Copia Literal de Ficha o Partida Registral del inmueble expedida por el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) con una antigüedad no mayor a 30 días calendario, copia de Minutas o Escrituras Públicas de transferencia, tanto de el o los propietarios actuales del predio como de el o los propietarios que lo trans fi rieran o cualquier otro documento que acredite el derecho de propiedad sobre el inmueble materia del trámite. Asimismo, en caso que el trámite sea iniciado a través de un Representante Legal o Apoderado, este debe acreditar su condición y facultades ante esta Corporación Edil. c) Documentación técnica, fi rmada por el profesional constatador, por triplicado compuesta por: - Plano de ubicación y localización del lote. - Planos de arquitectura (planta, cortes y elevaciones). Juego de Planos.- Planos de Ubicación (con cuadro Comparativo y de áreas, sección de las vías y esquema de localización) según formato de la Ley N° 29090, Planos de arquitectura de plantas, incluido el plano de Techos (totalmente amobladas), cortes (mínimo 2 transversales, 1 por escalera) y elevaciones, a nivel de proyecto y escala mínima de 1/75, suscrito por el administrado y con fi rma y sello del profesional responsable del proyecto. De corresponder debe presentar planos de Seguridad. - Memoria descriptiva.- Informe de la ubicación, forma, área, medidas, uso y estado de terminación y de conservación del predio en trámite, así como de su proceso de independización de predios mayores (de ser el caso) y de construcción; fi rmado por el profesional constatador de la edi fi cación. d) Carta de seguridad de obra, debidamente sellada y fi rmada por un ingeniero civil colegiado. e) Para regularización de remodelaciones, ampliaciones o demoliciones, copia del documento que acredite la declaratoria de fábrica o de edi fi cación, con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la Municipalidad; en su defecto, copia del Certi fi cado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edi fi cación de la construcción existente que no es materia de regularización. f) En caso de demoliciones totales o parciales de edifi caciones cuya declaratoria de fábrica se encuentre inscrita en el Registro de Predios, se acredita que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes; en su defecto, presentar la autorización del titular de la carga o gravamen. g) En el caso que el predio esté sujeto al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, se adjunta la autorización de la Junta de Propietarios, siempre que esta se encuentre inscrita ante el Registro de Predios. De no estar inscrita o no estar actualizada la Junta de Propietarios y siempre que el proyecto no contravenga las normas vigentes, los parámetros urbanísticos y edifi catorios, así como las condiciones de seguridad y funcionamiento, se presenta una Declaración Jurada con fi rmas legalizadas suscrito por mayoría simple de los propietarios en el que conste su conformidad por las obras ejecutadas a Regularizar. h) Copia de la Declaratoria de Fábrica o Licencia Anterior y de sus correspondientes planos. De no existir planos de Declaratoria de Fábrica deberá presentar esquela de observaciones de SUNARP que indique la no existencia de planos, y deberá hacer un levantamiento de la edi fi cación según la Declaratoria de Fábrica inscrita. i) Formatos de Hoja Resumen y Predial Urbano (HR y PU), con las áreas declaradas, canceladas y actualizadas a regularizar. j) Copia del comprobante por derecho de trámite.k) Copia del comprobante de pago por el concepto de multa por construir sin Licencia. l) Para modalidades C y D adjuntar la copia del comprobante de pago por derecho de revisión al Colegio de Arquitectos del Perú. Artículo Noveno.- Procedimiento El procedimiento a seguir es el siguiente: Para las Modalidades A y B:a) La presentación de los requisitos se hará por la Subgerencia de Obras Privadas quien pondrá el visto bueno de encontrarse conforme los documentos presentados, se otorgarán los códigos de pago del derecho de trámite, debiendo el administrado proceder a su abono para el respectivo ingreso o fi cial. b) La presentación de los requisitos, su ingreso o fi cial se hará por la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Bellavista, se veri fi cará que la documentación presentada se encuentre completa y conforme en lo administrativo y legal. Se remitirá el expediente a la Subgerencia de Obras Privadas. c) La Sub Gerencia de Obras Privadas realizará la Inspección Ocular y la Veri fi cación Técnica Administrativa correspondiente, emitiéndose los informes correspondientes. d) El plazo para resolver el procedimiento es de 20 días hábiles. Si como resultado de la Veri fi cación Técnica Administrativa se determina la existencia de observaciones subsanables, la Sub Gerencia de Obras Privadas procederá a ejecutar la noti fi cación correspondiente, dándole un plazo de 15 días hábiles al administrado para que pueda subsanarlo. e) De no subsanarse las observaciones dentro del plazo otorgado o luego de la segunda revisión, no subsana de manera satisfactoria, se procederá a emitir la Resolución, declarando la IMPROCEDENCIA del trámite de Regularización de Edi fi caciones, el mismo que deberá ser noti fi cado al administrado. f) Si el resultado de la veri fi cación es “CONFORME” la Sub Gerencia de Obras Privadas comunicará al administrado dicha conformidad y de existir diferencias con las áreas declaradas, deberá cumplir con presentar el HR y PU con las áreas corregidas, en concordancia con el cuadro de áreas del plano de Ubicación Aprobado, asimismo se comunicará el pago para que realice el REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR