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21 NORMAS LEGALES Domingo 6 de marzo de 2022 El Peruano / y Municipales para el año 2022, se convoca a elecciones de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República, para el día 2 de octubre del 2022; Que, mediante Informe N° D000036-2022-MML-GPV de 7 de febrero de 2022, la Gerencia de Participación Vecinal sustenta y presenta el proyecto normativo que convoca a elecciones de autoridades municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa para el periodo 2023 - 2026; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° D000200-2022-MML-GAJ de 25 de febrero de 2022, concluye que resulta conforme a la normativa emitir el Decreto de Alcaldía que convoca a Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Santa María de Huachipa - periodo 2023 - 2026, para el día 6 de noviembre de 2022, acorde a lo informado por la Gerencia de Participación Vecinal; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1. Convocatoria a Elecciones de Centro Poblado. Convóquese a elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el periodo 2023 – 2026, de la jurisdicción de la provincia de Lima, a llevarse a cabo el día 6 de noviembre de 2022. Artículo 2. Órgano encargado. Encárguese a la Gerencia de Participación Vecinal las acciones que correspondan, con el objeto de coadyuvar al cumplimiento de la Ley N° 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados. Artículo 3. Comunicación. Comuníquese al Jurado Nacional de Elecciones y a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4. Publicación. Encárguese a la Secretaría General de Concejo, la publicación del presente Decreto Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2045302-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2022-MDJM Jesús María, 4 de marzo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: El Informe N° 016-2022-MDJM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Proveído N° 207-2022-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 083-2022-GAJRC/ MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 234-2022-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los artículos 197 y 199 de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación vecinal en el desarrollo local, formulan y rinden cuentas de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el artículo 1 de la Ley 28056, Ley Marco del Proceso Participativo, de fi ne el Proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, asimismo en su artículo 2 indica que la Ley tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, especi fi cándose las acciones del proceso de presupuesto participativo mediante la Ley N° 29298; Que, el Decreto Supremo N° 142-2009-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01 que aprueba el “Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, de fi nen al Equipo Técnico del Proceso de Presupuesto Participativo como aquél que brinda apoyo a la organización y desarrollo del proceso, facilita información para el desarrollo de los talleres de trabajo, realiza la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos, así como prepara la lista de los proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera; Que, mediante Ordenanza N° 657-MDJM del 28 de febrero de 2022 se dispone la apertura del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 y se aprueba el Reglamento de dicho proceso; asimismo, su artículo sexto establece que el cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo será aprobado mediante Decreto de Alcaldía; Que, contando con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; con la opinión legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las atribuciones conferidas según el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.– APROBAR el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023, conforme al anexo adjunto que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el portal institucional: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de servicios al ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde