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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2022 (08/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Martes 8 de marzo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Aprueban el Reglamento de la Formulación del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Provincial de Yauyos, para el año fiscal 2023 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2022-MPY Yauyos, 28 de febrero de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS VISTO:En Sesión ordinaria de Concejo de la Municipalidad Provincial de Yauyos, de fecha 28 de febrero de 2022, el Informe Legal Nº 016-2022-GAJ/MPY, emitida por el Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Yauyos, y; CONSIDERANDO:Que, la municipalidad tiene como fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; asimismo establece normas de acuerdo a la disponibilidad reglamentaria de la Constitución Política del Estado, cuyas funciones están para poder desarrollar potencialidades a través de las diferentes gerencias de trabajo y ser promotores del desarrollo de nuestra localidad en bien de la sociedad, asimismo uno de los objetivos previstos en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, es la de promover el desarrollo económico de su jurisdicción, lograr el desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental; Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 197º y 199º, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su Título XII, transparencia Fiscal y la neutralidad política, artículo 148º, señala que los Gobiernos Locales están sujetos a la norma de transparencia y sostenibilidad fi scal y a otras conexas en su manejo a los recursos públicos; dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de con fi anza de la ciudadanía para el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo e fi ciente de los recursos públicos;Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9º,53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, se precisa que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final que los gobiernos locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco del Decreto Legislativo Nº1440, del Sistema Nacional del Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, dictándose la declaratoria de Emergencia Nacional como medida para la prevención y control para evitar la propagación de COVID-19, disponiéndose que los gobiernos regionales y locales adopten las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 coadyuvando al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo, la cual es prorrogada mediante Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA, Nº 009-2021-SA y otros documentos normativos conexos; Que, el artículo 5º del DECRETO SUPREMO Nº 016- 2022-PCM “Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social” establece que las Reuniones y concentraciones de personas; Se encuentran suspendidos los des fi les, fi estas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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